PRUEBAS DE PARACICLISMO 2010
TÍTULO 16. PARACICLISMO
ÍNDICE
Capítulo I ORGANIZACIÓN
Capítulo II CATEGORÍA POR EDAD
Capítulo III DERECHO DE PARTICIPACIÓN EN LAS PRUEBAS PARACICLSITAS Capítulo IV CLASES
Capítulo V CLASIFICACIÓN
Capítulo VI CAMPEONATOS DEL MUNDO PARACICLISMO UCI Capítulo VII PRUEBAS EN CARRETERA
1. Carreras en carretera
2. Contra el reloj individual
Capítulo VIII PRUEBAS EN PISTA
1. Kilómetro / 500 m
2. Persecución Individual
3. Velocidad en tándem
4. Velocidad por equipos (TS)
Capítulo IX RECORDS DEL MUNDO
Capítulo X INDUMENTARIA (EQUIPAMIENTO)
Capítulo XI MEDALLAS Y MAILLOTS PARA LOS CAMPEONATOS DEL MUNDO PARACICLISMO UCI
Capítulo XII SANCIONES Capítulo XII ANTIDOPAJE. Capítulo XIV EQUIPAMIENTO. Capítulo XV TANDEM
Capítulo XVI TRICICLO
Capítulo XVII BICICLETA A MANO
Capítulo XVIII CLASIFICACIONES INDIVIDUALES PARACICLISMO Capítulo XIX CLASIFICACION POR NACIONES
Capítulo XX COPA DEL MUNDO DE PARACICLISMO.
Capítulo XXI SISTEMA DE CLASIFICACION PARA LOS CAMPEONATOS DEL MUNDO
Capítulo XXII NOTICIAS TÉCNICAS DEL PARACICLISMO
TÍTULO 16 PARACICLISMO
Capítulo I ORGANIZACIÓN
16.1.001 El Comité Internacional Paralímpico (CIP) es el Organismo supremo del paraciclismo según la Norma Paralímpica para los Juegos Paralímpicos de Verano.
(Texto modificado el 26.06.07)
16.1.002 (Artículo anulado el 26.06.07)
16.1.003 (Artículo anulado el 26.06.07)
Viabilidad de las pruebas
16.1.004 En las pruebas paraciclistas -con excepción de los Juegos Paralímpicos- el organizador podrá, tras consulta con el delegado técnico designado o con la UCI, entremezclar las clases, las divisiones, las clases por edad, y los sexos en la medida en que sea necesario para garantizar la viabilidad de la prueba.
Para las pruebas que reúna menos de cuatro participantes, la regla “menos uno” regirá la atribución de medallas: no hay medalla para un solo participante, una medalla para dos participantes, dos medallas para tres participantes, y tres medallas a partir de cuatro participantes.
(Texto modificado el 26.06.07; 1.01.09)
Capítulo II CATEGORÍAS POR EDAD
16.2.001 En las pruebas paraciclistas -con excepción de los Juegos Paralímpicos- las categorías por edades descritas en los artículos 1.1.034 y siguientes del presente reglamento se aplicarán a los hombres y a las mujeres. Con excepción de la categoría “jeunesse”, las diferentes categorías pueden disputar las mismas pruebas. En las pruebas paraciclistas que combinen diferentes categorías, no es obligatorio poner premios para cada categoría de edad.
En las pruebas de paraciclismo en pista y en carretera, los corredores serán admitidos en la categoría “jeunesse” la temporada en la que cumplan 14 años.
Los circuitos de las carreras en carretera por categoría “jeunesse” deben estar completamente cerrados a la circulación.
Los corredores de la categoría “jeunesse” no pueden correr con otros corredores. Debidamente cumplimentado, el formulario de inscripción definitivo en las pruebas paraciclistas para los corredores de la categoría “jeunesse”, deberá contener la firma de los padres (del representante legal) autorizando a disputar la prueba.
Las competiciones internacionales, con excepción de los Juegos Paralímpicos, están abiertos a las categorías de edad UCI juniors y elites.
(Texto modificado el 26.06.07; 1.02.08)
CapItulo III DERECHO A PARTICIPAR EN LAS PRUEBAS PARACICLISTAS
Corredores
16.3.001 Las pruebas paraciclistas están abiertas a los corredores comprendidos en una
clase funcional conforme a la definición de cada clase dada por el presente reglamento. El capítulo V abajo indicado presenta la clasificación para el paraciclismo.
(Texto modificado el 26.06.07; 1.01.09)
16.3.002 Todos los corredores - incluidos los pilotos de tándem - deben ser titulares de una licencia internacional válida expedida por su federación nacional de ciclismo, reconocida por la UCI. Esta licencia debe ser elaborada con ocasión de todas las pruebas paraciclistas
(Texto modificado el 26.06.07).
Pilotos de tándem
16.3.003 Los ciclistas profesionales inscritos en un equipo registrado por la UCI no son admitidos como piloto de tándem.
(Texto modificado el 26.06.07)
16.3.004 Los ciclistas que hayan sido inscritos en un UCI Pro Team y un Equipo Continental Profesional registrado por la UCI deben observar un plazo de espera de 36 meses después de la expiración de su contrato antes de ser admitidos como pilotos de tándem. Este plazo pasa a 24 meses para los ciclistas que hayan sido inscritos en uno de los otros equipos UCI descritos en el artIculo 1.1.041 del presente reglamento.
(Texto modificado el 1.01.09)
16.3.005 Los ciclistas hombres y mujeres mayores de 18 años pueden correr como piloto de tándem en la medida en que no hayan sido seleccionados por su federación nacional para uno o varios de los eventos siguientes (sin distinción de disciplinas):
— Campeonatos del mundo UCI, Juegos OlImpicos — 36 meses antes del evento paraciclista.
— Copa del mundo UCI, Juegos o Campeonatos regionales (por ejemplo Juegos de la Comm
— onwealth, Juegos Panamericanos, Juegos Asiáticos, Juegos Mediterráneos,
Campeonatos europeos,…) — 24 meses antes del evento paraciclista.
(Texto modificado el 26.06.07; 1.02.09)
16.3.006 Los corredores deficiente visuales o invidentes sólo tienen derecho a un piloto por competición paraciclista.
(Texto modificado el 1.01.09)
16.3.007 En caso de herida o de enfermedad, el piloto podrá, mediante presentación de un certificado médico, ser sustituido hasta las 24 horas antes del inicio oficial de la competición a la cual el tándem toma parte. Pasado este plazo, no se autorizará ningún cambio.
(Artículo introducido el 1.02.08)
CapItulo IV. CLASES
Deficientes visuales e invidentes (B y VI)
16.4.001 Los ciclistas ciegos e invidentes corren en una de las dos divisiones siguientes en
la parte posterior de un tándem conducido por un piloto vidente:
Divisiones: hombres y mujeres. Características de la clase: Cf. CapItulo V.
(Texto modificado el 26.06.07; 1.02.08; 1.01.09)
Discapacitados fIsicos (LC)
16.4.002 Los ciclistas que presentan minusvalía locomotriz corren en bicicletas en cuatro divisiones: LC 1; LC 2; LC 3; LC 4. Las pruebas para los hombres y las mujeres están separadas.
Categoría LC 1 - Esta división designa a los corredores que no tengan deficiencias en los miembros inferiores o solamente deficiencias ligeras. Características de la clasificación en paraciclismo: cf. Capítulo V abajo mencionado.
Categoría LC 2 - Esta división designa a los corredores que presenta una deficiencia en una pierna pero que pueden pedalear normalmente con ayuda de las dos piernas, con o sin prótesis. Características de la clasificación en paraciclismo: cf. Capítulo V abajo mencionado.
Categoría LC 3 - Esta división designa a los corredores que presentan deficiencias en un miembro inferior pero no en los superiores. La mayor parte pedalean con una sola pierna. Características de la clasificación en paraciclismo: cf. Capítulo V abajo mencionado.
Categoría LC4 – Esta división designa a los corredores que presentan deficiencias graves que afectan en general a los dos miembros inferiores, con o sin deficiencia de los miembros superiores. Características de la clasificación en paraciclismo: cf. Capítulo V abajo mencionado.
(Texto modificado el 26.06.07; 1.01.09)
Parálisis cerebral (CP)
16.4.003 Los ciclistas que presentan una parálisis cerebral corren en cuatro divisiones funcionales. Las pruebas para los hombres y para las mujeres son separadas.
CP 4 – Subdivisión 8 y 7 - tipo de ciclo: bicicleta
CP 3 - Subdivisión 6 y 5 - tipo de ciclo: bicicleta
CP 2 - Subdivisión 6 y 5 - tipo de ciclo: triciclo
CP 1 - Subdivisión 4 a 1 - tipo de ciclo: triciclo
La decisión de utilizar un triciclo o una bicicleta y de correr en división 2 ó 3 pertenece al corredor. Durante toda prueba paraciclista, el corredor sólo puede tomar la salida en una división. El cambio de división no está admitido.
CP División 4: Concebida para los corredores que presentan una deficiencia menor que corren en bicicletas. Características de la clasificación en paraciclismo: cf. Capítulo V abajo mencionado.
CP División 3 y 2: Estas divisiones permiten a los corredores correr en bicicletas en división 3 ó en triciclos división 2. Características de la clasificación en paraciclismo: cf. Capítulo V abajo mencionado.
CP División 1: Concebida para los corredores que presentan una deficiencia grave que corren en triciclos. Características de la clasificación en paraciclismo: cf. Capítulo V abajo mencionado.
(Texto modificado el 26.06.07; 1.01.09)
Bicicleta a mano (HC)
16.4.004 Los corredores en bicicleta a mano corren en tres divisiones en las pruebas paraciclistas. Las pruebas para los hombres y las mujeres están separadas. La bicicleta a mano está concebida para los corredores que habitualmente tienen la necesidad de una silla de ruedas para desplazarse y para los corredores que no pueden utilizar una bicicleta o un triciclo clásico en razón de una grave deficiencia de los miembros inferiores.
HC A - Subdivisiones 1 y 2
HC B - Subdivisiones 3; 4 y 5
HC C - Subdivisiones 6; 7 y 8
HC A: Concebida para los corredores que presentan una deficiencia grave, con la pérdida total de las funciones del tronco y de los miembros inferiores, así como otras deficiencias graves y complejas. Características de la clasificación en paraciclismo: cf. Capítulo V abajo mencionado.
HC B: Concebida para los corredores que presentan una pérdida total de las funciones de los miembros inferiores y una estabilidad limitada del tronco. Características de la clasificación en paraciclismo: cf. Capítulo V abajo mencionado.
HC C: Concebida para los corredores que presentan una pérdida total de las funciones de los miembros inferiores pero no otras deficiencias funcionales graves, o una pérdida parcial de las funciones de los miembros inferiores que, combinada con otras deficiencias funcionales, impiden al corredor dedicarse al ciclismo clásico. Características de la clasificación en paraciclismo: cf. Capítulo V abajo mencionado.
(Texto modificado el 26.06.07; 1.01.09)
16.4.005 La UCI recomienda utilizar los códigos abajo indicados en las licencias UCI de los paraciclistas:
Deficientes visuales e Invidentes hombres MBVI Deficientes visuales e invidentes mujeres WBVI
LC1 hombres MLC1
LC2 hombres MLC2
LC3 hombres MLC3
LC4 hombres MLC4
LC1 mujeres WLC1
LC2 mujeres WLC2
LC3 mujeres WLC3
LC4 mujeres WLC4
CP 4 hombres MCP4
CP 4 hombres MCP3
CP 2 hombres MCP2
CP 1 hombres MCP1
CP 4 mujeres WCP4
CP 3 mujeres WCP3
CP 2 mujeres WCP2
CP 1 mujeres WCP1
HC A hombres MHCA
HC B hombres MHCB HC C hombres MHCC
HC A mujeres WHCA
HC B mujeres WHCB HC C mujeres WHCC
El código del corredor se lee de la siguiente manera:
- 1ª letra: el sexo
- 2ª-4ª letra o cifra: clase y división
(Texto modificado el 1.01.08; 1.01.09)
CapItulo V. CLASIFICACIÓN
(Capítulo modificado el 26.06.07)
16.5.001 Un sistema de clasificación funcional determina la capacidad del corredor para realizar pruebas, en función del nivel de la lesión de la médula espinal o de la discapacidad en cuestión. El examen del corredor se hará en competición y con el equipamiento de carrera. Serán realizados los controles siguientes:
Informe médico relativo a su discapacidad. Test funcionales
Observación en el entrenamiento y en competición.
Cuando una lesión de la médula espinal es incompleta, la capacidad funcional del corredor determinará su clasificación y la decisión del responsable de clasificación UCI de paraciclismo será inapelable.
Deficientes visuales e invidentes (B y VI)
16.5.002 Perfiles funcionales: En ausencia de percepción de la luz en ambos ojos con una agudeza visual de 6/60 y/ o un campo de visión de menos de 20 grados. Este estado mínimo equivale a la clase IBSA B3. Clasificación evaluada para el mejor ojo con la mejor corrección (es decir que todos los atletas que utilizan lentes de contacto o correctivas deben llevarlas a efectos de clasificación, con independencia de que tuvieran o no intención de llevarlas en competición).
(Texto modificado el 1.01.09)
Discapacidad locomotora (LC)
16.5.003 LC1 — Esta división designa a los corredores que no tengan deficiencias en los miembros inferiores o solamente deficiencias ligeras.
Perfiles funcionales – Cualquiera de las opciones siguientes:
a) Amputado de más de la mitad del pie (= pie anterior);
b) Presenta una pérdida de 10 a 14 puntos en la fuerza muscular o una anquilosis (artrosis) en uno de los miembros inferiores, o presenta una parálisis aislada en el músculo cuadriceps femoral o el tríceps crural.
c) Diferencia de la longitud de las piernas de 7 a 12 cms.
d) Amputación por parálisis de un miembro superior con o sin prótesis artificial o disminución de la fuerza muscular de uno de los miembros superiores de más de 20 puntos.
e) En caso de amputación del miembro superior o de dysmélie, el criterio mínimo será alcanzado si todos los dedos y el pulgar de una mano le faltan y el ciclista no tiene toma funcional. Para demostrar la pérdida de toma funcional, los atletas afectados no deben poder accionar una palanca de selección de velocidad o una manilla de freno en el manillar con el miembro discapacitado.
f) Deformación de la espina dorsal que le impida al ciclista adoptar una posición aerodinámica normal.
LC2 — Esta división designa a los corredores que presentan deficiencias en una pierna, pero que pueden pedalear normalmente con la ayuda de las 2 piernas, con o sin prótesis.
Perfiles funcionales – Cualquiera de las opciones siguientes:
a) Amputación simple por debajo o por encima de la rodilla con una prótesis. b) Pérdida de fuerza muscular de 15 a 24 puntos en un miembro inferior.
c) Diferencia de la longitud de las piernas de más de 12 cms. d) Flexión restringida de la rodilla que vaya de 51 a 80 grados.
e) Amputación o parálisis de los dos miembros superiores con una toma artificial de uno o de los dos lados (p.ej.: prótesis, orthèse, Krukenberg, etc.);
f) Discapacidad descritas desde el punto a) al punto d), con o sin discapacidad de uno o de los miembros superiores.
LC3 — Esta división designa a los corredores que presentan deficiencias en un miembro inferior, con o sin deficiencias en los miembros superiores. La mayor parte pedalean con una sola pierna.
Perfiles funcionales: Cualquiera de las opciones siguientes:
a) Amputación de una pierna por debajo o por encima de la rodilla con o sin prótesis, tal como el radio de rotación del pedal del lado amputado sea de 0 cm.
b) Uno de los miembros inferiores no le permite pedalear normalmente.
- Flexión de la rodilla de al menos 50 grados.
- El radio de rotación del pedal es de 0 cm.
c) disminución de la fuerza muscular en los dos miembros inferiores de un total de 25 a 39 puntos.
d) Doble amputación por debajo de la rodilla con prótesis.
e) Problema de la articulación de la cadera cuya flexión es inferior a 30 grados y o el radio de rotación del pedal del lado rígido es de 0 cm.
LC 4 — Esta división designa a los corredores que presentan deficiencias graves que afectan en general a los dos miembros inferiores, con o sin deficiencia en los miembros superiores.
Perfiles funcionales – Cualquiera de las opciones siguientes:
a) Doble amputación de los miembros inferiores por encima de la rodilla con una o dos prótesis.
b) Amputación de uno de los miembros inferiores por encima de la rodilla y amputación de un miembro superior, sin prótesis de pierna y agarrando el manillar con una sola mano,
c) Combinación de amputación por encima y por debajo de la rodilla con una o dos prótesis.
d) Doble amputación por debajo de la rodilla con utilización de una prótesis de un lado solamente.
e) Disminución de la fuerza muscular en los dos miembros inferiores de un total de
40 puntos o más. (Texto modificado el 1.02.09)
Parálisis cerebral (CP)
16.5.004 División CP 4 – Atletas con una deficiencia menor que corren en bicicleta. Perfiles funcionales – Como sigue:
Subdivisión 8:
a) Dipléjicos menores con espasticidad * de nivel 1
b) Hemipléjicos ambulantes, con espasticidad* de nivel 1 c) Monopléjicos y athétoïdes ligeros
d) Pérdida posible de función (las manos o una de las piernas no están coordinadas).
Subdivisión 7:
a) Hemipléjicos ambulantes, con espasticidad* de nivel 3 a 2, sobre uno de los lados del cuerpo. Pueden cojear;
b) El control del brazo y de la mano afecta solamente al lado del cuerpo que no es dominante.
* Hipertonía muscular de origen cerebral que se manifiesta por espasmos.
Divisiones CP 3 & 2 – Los atletas que pertenecen a estas dos categorías pueden elegir de correr en bicicleta (División 3) o en triciclo (División 2).
Perfiles funcionales – como sigue:
Subdivisión 6:
a) Los movimientos athétosiques son los más extendidos, pero ciertas cuadraplejias ambulantes pueden formar parte de esta categoría (es decir, mayor utilización de los brazos con relación a los dipléjicos ambulantes)
b) Athétoïdes o ataxiques moderados ambulantes; frecuentes problemas de control de los miembros superiores.
c) Los atletas que sufren problemas de equilibrio y que tienen dificultad en conservar su equilibrio y su control en posición sentada pueden elegir utilizar triciclo.
d) Los atletas athétoïdes tienen un paso no coordinado y movimientos athétoïdes de todos los miembros.
e) La sujeción y el relajamiento pueden estar afectados de manera moderada y severa.
Subdivisión 5:
a) Dipléjico moderado, simétrico o asimétrico.
b) Puede necesitar ayuda de locomoción para andar, el equilibrio dinámico puede estar afectado.
c) Espasticidad más débil de nivel 3 a 2 en una o en las dos piernas.
d) Limitación moderada al mínimo en las extremidades superiores, con fuerza normal. División CP 1- Atletas con una deficiencia grave que corren en triciclo.
Perfiles funcionales – como sigue:
Subdivisión 4 — 1:
a) Disfunción locomotora severa o moderada a nivel de tres extremidades al menos. b) Fuerza funcional débil a nivel del tronco y de todas las extremidades
c) Espasticidad de nivel 4 a 3
d) Control dinámico y sincronización mediocres. e) Rotación del tronco aceptable a mediocre.
f) Equilibrio mediocre a aceptable en la bicicleta
g) Los atletas deben ser ayudados para subir a sus bicicletas y emprender la marcha. (Texto modificado el 1.02.09)
Bicicleta a mano (HC)
16.5.005 División HC A – Concierne a los atletas con una discapacidad grave, con pérdida total e las funciones del tronco y de los miembros inferiores, así como de otras deficiencias graves y complejas.
Perfiles funcionales – como sigue:
Subdivisión 1:
a) Persona que presenta una tetraplejia asociada a las limitaciones correspondientes a una lesión cervical completa a nivel de las vértebras C7/C8 ó por encima.
b) Agarre de mano limitada
c) Limitación del sistema termorregulador
d) Alteración de los nervios del sistema simpático
Subdivisión 2:
a) Herida que no toca la médula espinal, con perfil de aptitud funcional equivalente a la clase HC 1.
División HC B – Concierne a los atletas que sufren de una pérdida total de las funciones de los miembros inferiores y de una estabilidad limitada del tronco.
Perfiles funcionales – como sigue:
Subdivisión 3:
a) Persona que presenta una paraplejia asociada a las limitaciones correspondientes a una lesión entre las vértebras torácicas Th1 a Th3.
b) Estabilidad del tronco muy limitada
c) Alteración de los nervios del sistema simpático
Subdivisión 4:
a) Persona que presenta una paraplejia asociada a las limitaciones correspondientes a una lesión de las vértebras torácicas entre Th 4 a Th9/Th10.
b) Estabilidad del tronco limitado.
Subdivisión 5:
a) Ninguna herida en la médula espinal, con perfil de aptitud funcional equivalente a la clase HC ¾.
División HC C – Concierne a los atletas que presentan una pérdida total de las funciones de los miembros inferiores además de otras deficiencias funcionales graves, o una pérdida parcial de las funciones de los miembros inferiores que combinada con otras deficiencias funcionales, impiden al corredor dedicarse al ciclismo clásico.
Perfiles funcionales – como sigue:
Subdivisión 6:
a) Persona que presenta una paraplejia asociada a las limitaciones correspondientes a una lesión completa entre la vértebra torácica Th11 y la vértebra lumbar L4.
b) Limitación parcial o total de los miembros inferiores c) Estabilidad normal o casi normal del tronco.
Subdivisión 7:
a) Ninguna herida en la médula espinal, con perfil de aptitud funcional equivalente a la clase HC 6.
Subdivisión 8:
a) Doble amputación por debajo de la rodilla.
b) Amputación de una sola pierna asociada a otras deficiencias. No puede pilotar una bicicleta o un triciclo convencional.
c) Pérdida parcial de las funciones de los miembros inferiores asociada a otras limitaciones funcionales. No puede pilotar una bicicleta o un triciclo convencional.
Para la clase HC 8, la capacidad de un ciclista a mano será establecida comparando sus minusvalías con los perfiles funcionales de la clasificación del ciclismo convencional correspondiente. Los documentos de justificación médica relativos a la utilización de una bicicleta a mano deberán estar presentes y la decisión del organismo de clasificación del CPI será la definitiva.
(Texto modificado el 1.01.09)
Cartilla de clasificación del paraciclismo
16.5.006 Una cartilla de clasificación del paraciclismo será remitida gratuitamente a los corredores a título de comprobación de su clasificación funcional para las pruebas paraciclistas. La presentación del carnet puede ser requerida por varios organismos y en particular los comités paralímpicos nacionales, las federaciones nacionales de ciclismo, los organizadores y los oficiales. La sustitución de las cartillas perdidas supondrá el pago de un importe de alrededor de 5.00 Francos Suizos. Si un corredor es formalmente reclasificado, le será remitida gratuitamente una cartilla de clasificación funcional puesta al día.
(Texto modificado el 1.01.09)
Otros criterios de clasificación
16.5.007 En todas las clasificaciones que puedan ser cuestionadas, el clasificador – en colaboración con el asesor técnico –debe tener muy en cuenta el ciclo elegido por el corredor y la manera de utilizarlo. En algunos casos, puede resultar necesario incluir una cláusula en la cartilla de clasificación funcional del corredor que precise que una adaptación especial es admitida- o requerida - por razones de seguridad.
(Texto modificado el 1.01.09)
CapItulo VI CAMPEONATOS DEL MUNDO PARACICLISMO UCI
16.6.001 Para todos los campeonatos del mundo paraciclismo UCI, es necesario establecer el programa de manera que los corredores - de cualquier división - no deban participar en más de una prueba por día.
(Texto modificado el 26.06.07; 1.01.09)
CapItulo VII. PRUEBAS EN CARRETERA Carreras en carretera
16.7.001 Para todos los campeonatos del mundo paraciclismo UCI, el número máximo de
corredores individuales por nación será de tres para cada categoría en cada prueba en carretera. Las carreras deben comenzar por una salida lanzada neutralizad de al menos 200 metros para garantizar la seguridad y la equidad. Todos los recorridos de las pruebas en carretera deben estar completamente cerrados al tráfico.
(Texto modificado el 26.06.07)
Distancias de las pruebas en carretera
16.7.002 Las distancias mínimas y máximas de las pruebas de carretera de los Campeonatos del mundo paraciclismo UCI serán las siguientes:
|
Clase / División |
MInimo |
Máximo |
|
Deficientes visuales y ciegos hombres |
90 kms |
120 kms. |
|
Deficientes visuales y ciegos mujeres |
70 kms. |
100 kms. |
|
|
|
|
|
LC 1 hombres |
70 kms. |
100 kms |
|
LC 2 hombres |
60 kms. |
90 kms. |
|
LC 3 hombres |
50 kms |
70 kms |
|
LC 4 hombres |
40 kms. |
60 kms. |
|
|
|
|
|
LC 1 mujeres |
50 kms. |
75 kms |
|
LC 2 mujeres |
45 kms. |
65 kms. |
|
LC 3 mujeres |
40 kms. |
60 kms. |
|
LC 4 mujeres |
30 kms. |
50 kms. |
|
|
|
|
|
CP 4 hombres |
50 kms. |
75 kms. |
|
CP 3 hombres |
40 kms. . |
65 kms. |
|
CP 2 hombres |
25 kms. . |
40kms. |
|
CP 1 hombres |
15 kms. |
30 kms. |
|
|
|
|
|
CP 4 mujeres |
40 kms. |
60 kms. |
|
CP 3 mujeres |
35 kms. |
55 kms. |
|
CP 2 mujeres |
15 kms. |
30 kms. |
|
CP 1 mujeres |
15 kms. |
30 kms. |
|
|
|
|
|
HC A hombres |
25 kms. |
40 kms. |
|
HC B hombres |
40 kms. |
70 kms |
|
HC C hombres |
40 kms. |
70 kms. |
|
|
|
|
|
HC A mujeres |
20 kms. |
35 kms. |
|
HC B mujeres |
30 kms. |
55 kms. |
|
HC C mujeres |
30 kms. |
55kms. |
(Texto modificado el 26.06.07; 1.02.08; 1.02.09)
Circuitos de las pruebas en carretera
16.7.003 Con ocasión de todos los campeonatos del mundo paraciclismo UCI, pero con la excepción de los Juegos Paralímpicos, los circuitos de las pruebas en carretera para los tándems y las bicicletas monoplazas tendrán una longitud mínima de 5 kms siendo 8 kms la longitud recomendada. La UCI podrá autorizar, por recomendación del delegado técnico designado, circuitos inferiores a 5 kms. que posean las características únicas que les hagan particularmente interesantes, tales como los circuitos construidos para la competición automovilística.
En todos los circuitos, la pendiente no superará el 6% de media ni el 15% de máxima. La longitud total de los tramos de subida será inferior a la cuarta parte de la del circuito.
El delegado técnico podrá autorizar un circuito más corto y menos técnico para los corredores de triciclos o de bicicletas a mano y para los corredores de la categoría “jeunesse”.
(Texto modificado el 26.06.07)
Orden de salida
16.7.004 Cada clase, grupo o división debe tomar la salida con un intervalo de 2 minutos al menos los unos de los otros para evitar que las categorías, grupos y divisiones se mezclen. (Texto modificado e. 1.01.09)
Estela
16.7.005 Todo ciclista que siga, impida el paso o se coloque en la estela del ciclista de otra clase, de otro grupo o de otra división, será descalificado. Los procedimientos de carrera descritas en los artIculos 2.4.017 al 2.4.020 son aplicables.
(Texto modificado el 1.02.09)
16.7.007 (artIculo anulado el 1.02.09)
16.7.007 Teniendo en cuenta la naturaleza de la discapacidad y de la dificultad para algunos atletas de asir un bidón de avituallamiento, las medidas siguientes se aplicarán para el avituallamiento a pie en las carreras de carretera:
- Prohibición de avituallar en la primera y última vuelta;
- Avituallamiento autorizado a partir de los dos lados de la carretera. Las zonas de avituallamiento deberán estar desplazadas de al menos 50 metros.
(Artículo introducido el 1.02.09)
2. Contra el reloj individual
16.7.008 En todos los campeonatos del mundo paraciclismo UCI, cada nación podrá inscribir un máximo de tres corredores en la prueba de contra el reloj de cada categoría. Se recomienda prohibir completamente los circuitos a la circulación que no tenga que ver con la prueba. Es necesario que al menos la circulación en sentido contrario sea prohibida. Las pruebas contra el reloj pueden utilizar los mismos circuitos que las pruebas en carretera que figuren en el mismo programa.
(Texto modificado el 26.06.07)
Distancias de las pruebas contra el reloj
16.7.009 Las distancias mínimas y máximas de las pruebas contra el reloj de los campeonatos
del mundo paraciclismo UCI serán las siguientes:
|
Clase / División |
MInimo |
Máximo |
|
Deficientes visuales y ciegos hombres |
20kms |
35 kms. |
|
Deficientes visuales y ciegos mujeres |
15 kms. |
30 kms. |
|
|
|
|
|
LC 1 hombres |
15 kms. |
30 kms |
|
LC 2 hombres |
15 kms. |
30 kms. |
|
LC 3 hombres |
10 kms |
25 kms |
|
LC 4 hombres |
10 kms. |
25 kms. |
|
|
|
|
|
LC 1 mujeres |
50 kms. |
25 kms |
|
LC 2 mujeres |
45 kms. |
25kms. |
|
LC 3 mujeres |
40 kms. |
20 kms. |
|
LC 4 mujeres |
30 kms. |
20 kms. |
|
|
|
|
|
CP 4 hombres |
50 kms. |
25 kms. |
|
CP 3 hombres |
40 kms. . |
25 kms. |
|
CP 2 hombres |
25 kms. . |
20kms. |
|
CP 1 hombres |
15 kms. |
15 kms. |
|
|
|
|
|
CP 4 mujeres |
10 kms. |
20 kms. |
|
CP 3 mujeres |
10 kms. |
20 kms. |
|
CP 2 mujeres |
10kms. |
15 kms. |
|
CP 1 mujeres |
5 kms. |
10 kms. |
|
|
|
|
|
HC A hombres |
5 kms. |
15 kms. |
|
HC B hombres |
10 kms. |
25 kms |
|
HC C hombres |
10 kms. |
25 kms. |
|
|
|
|
|
HC A mujeres |
5 kms. |
10 kms. |
|
HC B mujeres |
10 kms. |
20 kms. |
|
HC C mujeres |
10 kms. |
20kms. |
(Texto modificado el 26.06.07; 1.02.09)
16.7.010 El orden de salida de las etapas de contra el reloj individual es la misma que la que se aplica en el punto 2.6.023 del Reglamento UCI. No obstante, el colegio de comisarios puede modificar este orden para las divisiones CP 1-2 y la clase HC en la medida en que el recorrido estuviera demasiado estrecho. En este caso particular, el orden de salida de los atletas comenzará por los corredores más rápidos y se terminará por los corredores más lentos, para facilitar los adelantamientos en carrera.
(Artículo introducido el 1.02.09)
16.7.011 En las pruebas de la Copa del Mundo y del Campeonato del mundo los coches seguidores serán autorizados en la contra el reloj según los términos siguientes:
- Un coche seguidor para una nación que al menos tenga diez corredores inscritos en la contra el reloj individual, sin distinción de categorIas;
- Dos coches seguidores para una nación que tenga diez corredores o más inscritos en la contra el reloj individual, sin distinción de categorIas.
El comisario jefe podrá reducir el número de vehIculos acreditados si lo estima oportuno. Todos los conductores deberán tener una licencia UCI emitida por su federación nacional.
(Artículo introducido el 1.01.09)
CapItulo VIII PRUEBAS EN PISTA
16.8.001 En todos los Campeonatos del mundo paraciclismo UCI cada nación podrá inscribir tres corredores como máximo en cada prueba en pista de cada categoría. Por razones de seguridad, los corredores de CP 3 y 4 sólo pueden utilizar una rueda libre en las pruebas de pista. Por otra parte, la clase HC y las divisiones CP 1-2 no podrán tomar parte en las prueba en pista.
Igualmente, por razones de seguridad, las almohadillas colocadas en las curvas, estarán prohibidas en la primera mitad de la curva.
(Texto modificado el 26.06.07; 1.02.08)
Kilómetro / 500 metros
16.8.002 Los bloques de salida deben ser utilizados para todas las clases en las pruebas de pista siguientes: persecución individual, el primer corredor en la velocidad por equipos y kilómetro / 500 metros.
(Artículo introducido el 1.01.09)
16.8.003 Para cada división, las distancias serán las siguientes:
|
División |
Distancia |
|
Tándem hombres; mujeres - B y VI |
1.000 metros |
|
Bicicleta hombres - LC1; LC2; LC3; LC4 |
1.000 metros |
|
Bicicleta hombres - CP 4; CP 3 |
1.000 metros |
|
|
|
|
Bicicleta mujeres - LC1; LC2; LC3; LC4 |
500 metros |
|
Bicicleta mujeres – CP 4: CP 3 |
500 metros |
(Texto modificado el 1.02.09)
Persecución individual
16.8.004 Para cada división, las distancias serán las siguientes:
|
División |
Distancia |
|
Tándem hombres - B y VI |
4.000 metros |
|
Bicicleta hombres - LC1; LC2 |
4.000 metros |
|
Bicicleta hombres - LC3; LC4 |
3.000 metros |
|
Bicicleta hombres - CP 4 |
4.000 metros |
|
Bicicleta hombres — CP 3 |
3.000 metros |
|
Tándem mujeres - B y VI |
3.000 metros |
|
Bicicleta mujeres - LC1; LC2; LC3; LC4 |
3.000 metros |
|
Bicicleta mujeres - CP 4; CP 3 |
3.000 metros |
(Texto modificado el 1.02.09)
16.8.005 Teniendo en cuenta la diversidad de tipos de nivel de discapacidad en la división LC3, se recomienda agrupar a atletas con discapacidad similar en la clasificación de persecución individual en pista, de manera que no se penalice o favorezca a ciertos atletas. Esta consideración tendrá prioridad en la agrupación de los atletas.
(Artículo introducido el 1.01.09)
16.8.006 Cuando un factor es utilizado para la clasificación de atletas en persecución individual en pista, los atletas marcharán solos a la final (oro-plata, bronce-cuarto) si no forman parte de la misma división y serán agrupados sólo si forman parte de la misma división.
(Artículo introducido el 101.09)
Velocidad en tándem
16.8.007 Estas pruebas están organizadas para los ciegos y deficientes visuales hombres y mujeres.
(Texto modificado el 1.02.08; 1.01.09)
16.8.008 Cuadro de pruebas de velocidad
Juegos ParalImpicos y Campeonatos del Mundo UCI
Después de las rondas de clasificación, los 8 corredores más rápidos avanzarán.
|
PARTICIPANTES |
FORMULA |
PRUEBA |
COMPOSICION |
1º |
2º |
|
8 |
¼ DE FINAL 4 x 2 1=4 (2 mangas, 3 si es necesario |
1 |
N1-N8 |
1A1 |
1A2 |
|
2 |
N2-N7 |
2A1 |
2A2 |
||
|
3 |
N3-N6 |
3A1 |
3A2 |
||
|
4 |
N4-N5 |
4A1 |
4A2 |
||
|
4 |
½ final 2 x 2 1= 2 (2 mangas, 3 si es necesario) |
1 |
1A1- 4A1 |
1B1 |
1B2 |
|
2 |
2A1- 3A1 |
2B1 |
2B2 |
||
|
|
|
|
|
||
|
4 |
Final 7-8 |
1 |
1A2 — 2A2 |
7 |
8 |
|
2 x 1 1=2 |
|||||
|
Final 5-6 |
2 |
3A2 - 4A2 |
5 |
6 |
|
|
2 x 1 1=2 |
|||||
|
4 |
Final 2 x 2 1= 2 (2 mangas, 3 si es necesario) |
1 |
1B2 - 2B2 |
3º Bron ce) |
4 |
|
2 |
1B1- 2B1 |
1º Oro |
2º Plata |
||
|
|
|
|
|
(Artículo introducido el 1.01.09)
Velocidad por equipos (TS)
16.8.009 Estas pruebas están organizadas para las divisiones siguientes: Hombres, LC 1; LC 2; LC 3; LC 4 y CP 4; CP 3
Féminas - LC 1; LC 2; LC 3; LC 4 y CP 4; CP 3
En todas las pruebas de velocidad por equipos paraciclistas, cada nación podrá inscribir como máximo un equipo de velocidad de tres corredores, que podrá ser mixto, más los suplentes. Un segundo equipo podrá ser inscrito por cada nación con la condición de que esté compuesto totalmente de mujeres. En cada equipo, un máximo de dos atletas puede tener el mismo valor de puntuación. En referencia al presente cuadro, el total de los tres participantes en la TS debe ser de seis puntos como mInimo.
|
GENERO, CLASES Y DIVISIONES |
PUNTOS |
|
Hombre LC 1 |
1 |
|
Hombre LC 2 |
2 |
|
Hombre LC 3 |
3 |
|
Hombre LC 4 |
4 |
|
Hombre CP 3 |
3 |
|
Hombre CP 4 |
2 |
|
Mujeres LC 1 |
2 |
|
Mujeres LC 2 |
3 |
|
Mujeres LC 3 |
4 |
|
Mujeres CP 4 |
3 |
|
Mujeres CP 3 |
4 |
(Texto modificado el 26.06.07; 1.02.09)
16.8.010 El evento consiste en dos series. La primera serie es una serie eliminatoria para elegir a los cuatro equipos más rápidos, en base a su tiempo para la final. Los equipos con los dos mejores tiempos se enfrentarán a la final para las medallas de oro y de plata, mientras que los otros dos se enfrentarán para la medalla de bronce y el cuatro lugar. (Artículo introducido el 1.01.09)
16.8.011 (ArtIculo anulado el 1.02.09)
16.8.012 (ArtIculo anulado el 1.02.09) CapItulo X. RECORDS DEL MUNDO
16.9.001 Los nuevos récords del mundo serán homologados conforme a las reglas de la UCI. Una copia de la documentación exigida debe ser enviada a la administración de la UCI.
(Texto modificado el 26.06.07)
16.9.002 Un nuevo récord del mundo sólo será homologado para un corredor que tenga el status paralímpico permanente (Status Permanente Paralímpico PPS), para la categoría en la cual el nuevo récord ha sido establecido. El corredor debe además ser titular de una licencia internacional válida expedida por una federación nacional de ciclismo afiliada a la Unión Ciclista Internacional UCI.
16.9.003 Solamente podrán ser homologadas las tentativas de record del mundo realizadas en bicicleta tradicional incluyendo el tándem. Sin embargo, las bicicletas a mano y los triciclos no podrán depositar solicitud de homologación de récord del mundo.
(Texto modificado el 1.02.09)
CapItulo XI INDUMENTARIA
16.10.001 (Artículo anulado el 26.06.07. Para las disposiciones sobre indumentaria, ver los artículos 1.3.026 y siguientes)
16.10.002 (Artículo anulado el 26.06.07. Para las disposiciones sobre indumentaria, ver los artículos 1.3.026 y siguientes)
16.10.003 (Artículo anulado el 26.06.07. Para las disposiciones sobre indumentaria, ver los artículos 1.3.026 y siguientes)
16.10.004 Para todas las clases y divisiones en las pruebas de carretera, los corredores están obligados a llevar un casco del color correspondiente a su división o recubrir su casco de este color:
CASCO ROJO: LC 1 hombres y mujeres CP 2 hombres y mujeres HC C hombres y mujeres Tándems hombres
CASCO BLANCO: LC 2 hombres y mujeres CP 4 hombres y mujeres HC B hombres y mujeres Tándems mujeres
CASCO AZUL: LC 3 hombres y mujeres CP 3 hombres y mujeres HC A hombres y mujeres
CASCO NEGRO: LC 4 hombres y mujeres
CP 1 hombres y mujeres
Los corredores que lleven casco de color incorrecto en las pruebas de carretera no podrán tomar la salida o serán puestos fuera de carrera y descalificados.
(Texto modificado el 26.06.07; 1.02.09)
UTILIZACIÓN DE CATETERS
16.10.005 Los ciclistas que utilicen un catéter o cualquier otro dispositivo de desviación urinario que le permita retener su orina, deben llevarlo en todo momento durante el periodo de entrenamiento, competición y de clasificación. Las penalizaciones asociadas a esta regla estarán en lInea con las del porte del casco del titulo 12, artIculo 12.1.040, puntos 3.2 y 3.3.
(Artículo introducido el 1.02.09)
CapItulo XI MEDALLAS Y MAILLOTS PARA LOS CAMPEONATOS DEL MUNDO PARACICLISMO UCI.
CF: Título 9 del reglamento UCI.
CapItulo XII. SANCIONES
16.12.001 En las pruebas paraciclistas, los procesos (expedientes) disciplinarios serán abiertos contra cualquier corredor que cometa una infracción contra los Reglamentos de la UCI. (Texto modificado el 26.06.07).
CapItulo XIII. ANTIDOPAJE
16.14.001 Controles de dopaje y exámenes de salud pueden ser realizados durante cualquier prueba ciclista paraciclista conforme al reglamento de la UCI. El corredor que rehúse someterse a estos controles será considerado positivo o no apto.
(Texto modificado el 26.06.07)
CapItulo XIV. EQUIPAMIENTO
16.14.001 Todos los ciclistas participantes en los Campeonatos del mundo paraciclismo UCI o en las pruebas inscritas en el calendario UCI deberán adaptarse y responder a las exigencias en vigor del REGLAMENTO DE LA UCI RELATIVO AL EQUIPAMIENTO (parte I, capítulo III). Aunque puedan ser admitidas excepciones por razones relacionadas con la morfología o la discapacidad (minusvalía), será necesario sin embargo respetar el principio del Reglamento UCI para las bicicletas. Por ejemplo, está permitido adaptar el manillar de la bicicleta de un corredor que tenga una deficiencia en los miembros superiores si en razón de ésta necesita las modificaciones para los cambios de velocidades o los frenos, si ello no supone una ventaja aerodinámica que no es equitativa y si la seguridad no está comprometida.
(Artículo modificado el 26.06.07)
16.14.002 Cualquier modificación aportada a una bicicleta en razón de una discapacidad debe ser aprobada por el delegado técnico (DT) designado por la UCI para la prueba antes del
comienzo de ésta. Las modificaciones aprobadas serán consignadas (apuntadas) en la cartilla
(carnet) de clasificación funcional del paraciclismo del corredor. (Texto modificado el 26.06.07)
16.14.003 La UCI y los oficiales de la prueba no son responsables de las consecuencias de la elección del equipamiento utilizado por los poseedores de licencia o de las modificaciones que introduzcan, ni de sus defectos o de su falta de conformidad (de su ilegalidad).
16.14.004 Está permitido fijar puños artificiales y prótesis en los miembros superiores (brazos), pero no pueden fijarse a la bicicleta. Por razones de seguridad en caso de caída, no está permitido instalar o fijar prótesis rígidas en los elementos de la bicicleta.
Con excepción de las bicicletas de mano, el corredor sólo se apoyará en los pedales, el sillín y el manillar.
16.14.005 Los corredores de las divisiones LC 3 y LC 4 amputados por encima de la rodilla pueden utilizar un sustentáculo (apoyo) para el muslo a condición de que éste no esté sujeto a la bicicleta por razones de seguridad. Dicho de otra forma, el sustentáculo puede consistir en un tubo cortado por la mitad fijado a la bicicleta, cuya base esté cerrada y cuyos costados no estén cerrados por encima de 10 centímetros de la base. Está, pues, prohibido utilizar dispositivos de fijación del muslo.
(Texto modificado el 1.01.09)
16.14.006 Las bicicletas, los tándems, los triciclos y las bicicletas a mano utilizadas para las pruebas en carretera deben tener dos sistemas de frenado independientes. Las bicicletas y los tándems deben tener un freno independiente por cada rueda (freno rueda delantera y freno rueda trasera), pero los frenos de los triciclos y de las bicicletas a mano pueden ser colocados en la rueda o las ruedas más convenientes (indicadas).
Bicicleta a mano: En el caso de una bicicleta a mano, si tiene un sistema de frenado para las ruedas dobles, debe actuar sobre las dos ruedas. Los sistemas de frenado deben ser dinámicos; no se permite bloquear una única rueda.
Triciclo: En cuanto a los triciclos, deben tener dos sistemas de frenado, uno en la delantera y el otro en la trasera. Como las bicicletas a mano, los sistemas de frenado en las ruedas dobles deben ser dinámicos y actuar sobre las dos ruedas.
(Artículo introducido el 1.01.10)
16.14.007 En los Campeonatos del mundo paraciclismo UCI de carretera dotados con servicio de coche neutro, es probable que sólo se disponga de ruedas estándar (normales). No será posible, pues, proporcionar un servicio neutro a los cuadros de tándems cuya llanta es más ancha que las ruedas estándares o normales. Es así también poco probable que se disponga de ruedas de recambio neutras para triciclos o de ruedas apropiadas a las bicicletas a mano excepto si las ruedas son intercambiables con las ruedas estándares o normales para la carretera.
(Texto modificado el 26.06.07)
CapItulo XV. TANDEMS Definición
16.15.001 El tándem es una bicicleta para dos ciclistas, con dos ruedas de igual diámetro que responde a las normas generales de la UCI en materia de fabricación de bicicletas. El corredor de delante, llamado “piloto”, debe poder dirigir la rueda delantera. Los dos corredores miran
hacia delante y adoptan la posición tradicional del ciclista. La rueda trasera es accionada por los dos ciclistas a través de un sistema de pedales que actúan sobre una cadena.
16.15.002 El tubo superior del tándem y cualquier tubo de refuerzo pueden estar inclinados para adaptarse a la morfología de los corredores.
CapItulo XVI. TRICICLO Definición
16.16.001 El triciclo es una bicicleta que tiene tres ruedas de igual diámetro. La rueda
delantera- o las ruedas delanteras- es directriz. La rueda trasera-o ruedas traseras- es accionada por un sistema de pedales que actúan sobre una cadena.
16.16.002 No está permitido utilizar triciclos tumbados en las pruebas paraciclistas UCI.
(Texto modificado el 26.06.07)
16.16.003 Los triciclos con dos ruedas traseras responderán a los principios de fabricación y a las medidas de la UCI relativas a las bicicletas, incluidos el pedalier, el tubo trasero y la posición del sillín, pero con excepción del triángulo posterior (trasero).
16.16.004 Los triciclos con dos ruedas delanteras directrices estarán conforme al principio de fabricación y a las medidas de la UCI relativas a las bicicletas, incluido el triángulo trasero.
16.16.005 El diámetro de las ruedas de los triciclos debe estar comprendido entre 70 cm. y 55 cm., neumático incluido, las piezas estándares deberán ser utilizadas. Los sistemas de fijación de las llantas diferentes pueden ser utilizados si es preciso. La anchura de las ruedas dobles de los triciclos debe estar comprendida entre 85 cm. Y 60 cm. medida al centro del neumático (tubular o cubierta), los neumáticos tocando el suelo.
16.16.006 Si el eje trasero del triciclo de dos ruedas traseras no tiene diferencial, una sola rueda será arrastrada en razón de la diferencia de velocidad de las ruedas en los virajes.
16.16.007 El triciclo no debe sobrepasar los 200 cm. de largo y los 95 cm. de ancho.
16.16.008 Para que el corredor pueda montar más fácilmente en el triciclo el tubo superior puede estar inclinado hacia atrás o más hasta llegar a ser paralelo al tubo oblicuo.
16.16.009 Las dos ruedas del triciclo pueden estar descentradas 10 cm. ó más en relación a una línea que pase por la rueda única y el tubo superior del cuadro.
16.16.010 Para las pruebas en carretera, es obligatorio dotar al triciclo de dos ruedas traseras de una barra de seguridad que impida que la rueda delantera de un triciclo que le siga pueda penetrar en el espacio que separa las ruedas traseras de éste. La barra de seguridad no debe sobrepasar en anchura a los neumáticos traseros y sus extremos deben estar cerrados o taponados (obstruidos). (Ver artIculo 16.17.014 para las medidas).
(Texto modificado el 1.01.09)
CapItulo XVII. BICICLETA A MANO Definición.
16.17.001 La bicicleta mano es un vehículo de tres ruedas, que puede ser propulsado por los brazos (AP), por el tronco y los brazos (ATP) o colocado en posición de rodillas, con un cuadro abierto de concepción tubular y que responde a los principios generales de fabricación de bicicletas de la UCI, con excepción de los tubos del cuadro, que no
necesariamente tienen que ser rectos y de la construcción del respaldo donde los tubos pueden exceder el máximo definido por los principios generales de la UCI.
La rueda simple puede tener un diámetro del diámetro de las ruedas dobles. La rueda delantera- o las ruedas delanteras- es directriz. La rueda simple, trasera o delantera, deberá ser accionada por un sistema de empuñadura que actúe sobre la cadena.
La bicicleta a mano será propulsada únicamente por un juego de cadenas y una cadena cinemática de bicicleta tradicional, brazos de manivela, ruedas con cadena, una cadena y piñones, con empuñaduras que sustituyen a los pedales.
(Texto modificado el 1.02.09)
16.17.002 El ciclista a mano que utilice la posición de inclinado debe tener una visión clara. Con el fin de responder a esta exigencia, la lInea horizontal de los ojos del atleta debe estar por encima del centro de la caja del peda, cuando está sentado, las manos sobre las empuñaduras, miran hacia delante con una extensión máxima, que el extremo de los omoplatos estén en contacto con el asiento y que su cabeza esté apoyada sobre el soporte, cuando sea aplicable. Un arnés de seguridad con liberación rápida del cuerpo está autorizado.
La medida será tomada a partir de la posición descrita arriba, del siguiente modo: la distancia será tomada del suelo al centro de los ojos del atleta sentado y comparado con la distancia entre el suelo y la mitad de la caja del pedal. La distancia entre los ojos y el suelo debe ser al menos igual o mayor que la distancia de la mitad de la caja del pedal al suelo.
(Artículo modificado el 01.01.04; 1.02.09)
16.17.003 El ciclista a mano en posición inclinada debe tener un espejo fijado a su casco o no importa qué lugar de delante de la bicicleta, a fin de asegurarle una visión trasera. (Artículo introducido el 1.02.09)
16.17.004 En la posición de rodillas, las piernas y los pies de los ciclistas deben estar sostenidos y protegidos del sol.
(Artículo introducido el 1.02.09)
16.17.005 Durante las carreras, ningún elemento puede ser ajustado. Todos los ajustes deben ser efectuados antes de la salida de la carrera.
(Artículo introducido el 1.02.09)
16.17.006 (ArtIculo anulado el 1.02.09)
16.17.007 la llanta de la rueda de una bicicleta a mano puede variar en un mInimo (ETRTO) de 406 mm a un máximo de 622 mm. Es posible utilizar sujeciones (fijaciones) diferentes para el cubo de la rueda si es necesario. La anchura de las dobles ruedas de la bicicleta a mano puede ir de 55 cm. mInimo a 70 cm. como máximo, siendo tomada esta medida al centro de cada rueda cuyos neumáticos toquen el suelo.
(Texto modificado 1.01.04; 1.02.09)
16.17.008 En pruebas de pelotones, los ciclistas a mano podrán utilizar ruedas llenas.
(Artículo introducido el 1.02.09)
16.17.009 Una bicicleta a mano no mide más de 250 cm. de longitud. La anchura total máxima es de 70 cms.
(Texto modificado el 1.01.04; 1.02.09)
16.17.010 El dispositivo de cambio de velocidad deberá ser colocado en el interior de los extremos de los manillares, a excepción de los HCA, que pueden colocarlo sobre el lado del cuerpo con el fin de permitir a su brazo realizar del cambio de velocidad a fin de permitir a su brazo proceder al cambio de velocidad.
(Artículo introducido el 1.02.09)
16.17.011 La rueda con cadena más ancha deberá tener un guarda-cadena bien sujeto para proteger al ciclista. El guarda-cadena deberá estar hecho de un material sólido y cubrir la anchura completa de la cadena sobre la mitad de su circunferencia (180º) frente al atleta.
(Texto modificado el 1.01.04; 1.01.10).
16.17.012 La dimensión máxima del tubo del cuadro será de 80 mm. cualquiera que sea el material del tubo o el perfil. Cualquier hilillo o refuerzo insertado en las juntas entre los tubos lo será con fines de refuerzo únicamente. Los utensilios aerodinámicos no funcionales no están autorizados para la competición.
(Artículo introducido el 01.01.04)
16.17.013 Los reposabrazos y reposapiés serán fijados como necesarios con una medida de seguridad protectora de los miembros inferiores estáticos de todas las partes móviles. Los ciclistas a mano deben llevar zapatillas o protectores de pie suficientemente rIgidos y que cubran totalmente el pie, por medidas de seguridad. En el caso en que la bicicleta a mano esté equipada de una cazoleta protectora que permita al pie estar reposado sin riesgo de salirse, entonces no será obligatorio llevar zapatillas. No obstante, se requiere llevar la prenda de abajo. En todos los casos, los pies deben estar fijados a la bicicleta de manera que no se caigan del reposapiés durante la carrera.
(Artículo introducido el 01.01.04; 1.02.09)
16.17.014 En las carreras de ruta, es obligatorio instalar una barra des seguridad en las bicicletas a mano con dos ruedas traseras a fin de evitar que la rueda delantera de la bicicleta a mano que sigue entre en el espacio entre las dos ruedas de la bicicleta que la precede. La barra de seguridad no debe sobrepasar la anchura de cada neumático de la rueda trasera y todas las extremidades (terminaciones) del tubo deben estar cerradas o taponadas (obstruidas). La barra de seguridad debe estar situada a 15 mm. Detrás de la vertical de las ruedas. Debe estar fabricada a partir de un material sólido y de un diámetro mInimo de 18 mm. El bastón de cada lado debe estar cerrado. La distancia entre el suelo y el eje de la barra debe ser de 280 milImetros (+/-10 milImetros). La barra de seguridad debe estar fijada a 15 milImetros (+/-2 milImetros) detrás del neumático. La estructura y ensamblaje de la barra de seguridad deben garantizar que roces normales, producidos durante una carrera, no afecten la función de seguridad de ésta (ver diagrama).
(Texto modificado el 1.02.09)

CapItulo XIX. CLASIFICACIONES INDIVIDUALES DEL PARACICLISMO
(Capítulo remplazado el 1.02.09)
16.18.001 La UCI crea una clasificación individual anual de corredores por división y por género, en ruta y en pista. La clasificación individual tendrá en cuenta las siguientes pruebas:
- Pista: kilómetro/500 metro, persecución individual y velocidad por equipos.
- Carretera: contra el reloj individual y carrera en lInea.
La clasificación se denomina “clasificación individual UCI paraciclismo por división”. La
UCI es la propietaria exclusiva.
16.18.002 La Unión Ciclista Internacional crea una clasificación que conlleva un número de competiciones designadas cada año por el Comité directivo de la UCI.
16.18.003 La clasificación para cada una de las divisiones se establece en función de los puntos obtenidos por los corredores participantes en las competiciones del calendario internacional, según las normas siguientes:
Calendario Internacional
Juegos ParalImpicos Campeonatos del Mundo Copa del Mundo
Carrera regional paraciclismo (P1):
- MInimo 1 clase representada
- MInimo 5 naciones participantes en Europa
- MInimo 3 naciones participantes en América
- MInimo 2 naciones participantes en Asia
- MInimo 2 naciones participantes en OceanIa y en África.
- Un atleta tiene derecho a acumular puntos P1 en un solo continente, es decir, donde él ha acumulado más puntos.
- Solamente serán acumulados para la clasificación individual los tres mejores resultados de carrera en competiciones diferentes.
Carrera regional paraciclismo (P2):
Las carreras regionales de paraciclismo P2 no proporcionarán ningún punto a la clasificación, pero serán identificados en el calendario a fin de proporcionar oportunidades de competiciones a las naciones.
La clasificación individual comienza de cero el 1 de enero de cada año.
16.18.004 El número de puntos atribuidos en cada prueba individual está fijado en el cuadro siguiente:
|
Puesto |
Campeonatos del Mundo y Juegos ParalImpicos |
Copa del Mundo |
Regional P1 |
Regional P2 |
|
1 |
60 |
30 |
15 |
0 |
|
2 |
52 |
26 |
13 |
0 |
|
3 |
44 |
22 |
11 |
0 |
|
4 |
36 |
18 |
9 |
0 |
|
5 |
32 |
16 |
8 |
0 |
|
6 |
28 |
14 |
7 |
0 |
|
7 |
24 |
12 |
6 |
0 |
|
8 |
20 |
10 |
5 |
0 |
|
9 |
16 |
8 |
4 |
0 |
|
10 |
12 |
6 |
3 |
0 |
En el caso de pruebas por equipos (velocidad por equipos y contra el reloj por equipos), a cada atleta se le atribuirá el tercio de los puntos en relación a una prueba individual.
Para las carreras P1, solamente aquellas que respondan a los criterios de participación otorgarán puntos.
16.18.005 Para cada competición, los puntos UCI serán atribuidos una vez por prueba
(final)
Para las competiciones disputadas en forma de torneo, los puntos UCI serán atribuidos según la clasificación general de la competición En ausencia de clasificación general, la prueba que atribuirá los puntos UCI deberá estar claramente identificada en el programa de competición. En su defecto, los puntos no serán atribuidos.
16.18.006 Los corredores ex aequo en la clasificación son desempatados por el mayor número de primeros puestos, segundos, etc. en la clasificación de pruebas del año en curso priorizando las pruebas que den el máximo de puntos, continuando hasta las carreras regionales P1.
16.18.007 Las federaciones nacionales y los organizadores tienen la obligación de enviar la lista de inscritos y los resultados completos en la sede de la UCI por fax o correo electrónico inmediatamente después de finalizar la prueba. Para las carreras por etapas y los campeonatos que supongan varias pruebas, este plazo será de 48 horas a contar desde la finalización de la última etapa o de la última prueba del campeonato.
En las 48 horas a contar desde la decisión definitiva, la Federación del organizador de la prueba notificará cualquier desclasificación en la UCI. De forma general, todas las federaciones nacionales comunicarán inmediatamente todo hecho o decisión que pueda entrañar una modificación del número de puntos obtenidos por un corredor.
Si una información de este tipo no es transmitida de esta forma, la UCI puede desclasificar la carrera en cuestión o excluirla del calendario, sin perjuicio de otras sanciones previstas por el Reglamento.
(Texto modifica do el 26.06.07; 1.02.08)
16.18.008 Las clasificaciones individuales carretera y pista del paraciclismo serán establecidas al menos una vez por mes de competición. .
Si es necesario, la clasificación de los meses anteriores será corregida. (Texto modificado el 26.06.07; 1.02.09)
CapItulo XIX CLASIFICACIÓN POR NACIONES
(Capítulo remplazado el 1.02.09)
16.19.001 La UCI crea una clasificación por naciones de carretera y una clasificación por naciones de pista. Para esto, el resultado del mejor atleta por división y por género será tomado en cuenta asI como los puntos acumulados en los campeonatos nacionales.
Campeonatos nacionales
16.19.002 Los puntos acumulados en la clasificación de naciones provenientes de los campeonatos nacionales son otorgados según el principio siguiente:
Diez (10) puntos serán concedidos en la clasificación de naciones, por división (LC1, LC2,…) y por género, representadas durante los campeonatos nacionales (carretera y pista), independientemente del número de pruebas en las cuales los atletas participen y del número de atletas en la división.
La UCI es la propietaria exclusiva.
16.19.003 Las clasificaciones por naciones de carretera y pista del paraciclismo serán establecidas el 31 de diciembre de cada año. .
Si fuera necesario, la clasificación por naciones será corregida. CapItulo XX COPA DEL MUNDO PARACICLISMO
(Capítulo remplazado el 1.02.09)
16.20.001 La Unión Ciclista Internacional crea una “Copa del Mundo Paraciclismo”, que consta de una clasificación general individual establecida sobre un número de competiciones designadas cada año por el Comité directivo de la UCI.
16.20.002 La copa del mundo paraciclismo es la propiedad exclusiva de la UCI.
16.20.003 Las pruebas reservadas para la copa del mundo paraciclismo son las siguientes:
Carretera
Carrera en lInea — todas las clases y divisiones
Contra el reloj individual — todas las clases y divisiones
Pista
Kilo/500 m — clases B y V, LC y CP (divisiones 3 y 4)
Persecución individual — clases B y VI, LC y CP (divisiones 3 y 4)
Velocidad por equipos — clase LC y CP (divisiones 3 y 4) Velocidad — clase B y VI (solamente hombres)
Participación
16.20.004 Las competiciones son destinadas a selecciones nacionales o a equipos o individuos bajo recomendación de federaciones nacionales de ciclismo afiliadas.
16.20.005 El número máximo de participantes por naciones para cada prueba será de tres.
16.20.006 Las federaciones nacionales deberán confirmar su participación por medio del formulario de inscripción en un plazo de cuatro (4) semanas antes de la fecha de la prueba.
Esta confirmación deberá mencionar el número de personas que componen cada delegación, asI como su clase y división.
16.20.007 Los nombres de los corredores, suplentes y acompañantes deberán llegar al organizador lo más tarde tres (3) semanas antes de la fecha de la prueba.
En caso de no llegada de los atletas después de su confirmación nominativa, pueden ser aplicadas las penalizaciones siguientes:
Multa de 2.000 FS por atleta. Esta multa revertirá al organizador. La Federación nacional del corredor es solidariamente responsable del pago de esta multa.
Organización
16.20.008 Los organizadores de competiciones de la copa del mundo deben firmar con la UCI un contrato que rija particularmente los derechos audiovisuales, los derechos de marketing y la organización material de las pruebas.
16.20.009 La tasa de inscripción máxima por persona acreditada no deberá exceder de
160 FS ó 105 euros. El alojamiento, el transporte local y las comidas son a cargo de los atletas.
16.20.010 El colegio de comisarios estará compuesto de tres comisarios internacionales
UCI, cuyo presidente es designado por la UCI.
La federación nacional organizadora designará dos comisarios internacionales, un secretario, cinco a ocho comisarios nacionales, a fin de asegurar un control eficaz de las pruebas, asI como los cronometradores.
16.20.011 La UCI designará un delegado técnico.
16.20.012 Los gastos de transporte y de indemnización de las personas designadas por la UCI serán directamente reembolsados por la UCI según las reglas en vigor. El organizador deberá no obstante asegurar el transporte local y el alojamiento.
16.20.013 La UCI designará al jefe clasificador. Sus gastos de transporte y de indemnización serán reembolsados por la UCI según las reglas en vigor. El organizador deberá, no obstante, asegurar el transporte local y el alojamiento y proporcionar un clasificador nacional.
16.20.014 Una reunión será convocada la vIspera de la primera competición a las 18:00 horas. Se reunirán todos los oficiales y los jefes de equipo. Será dirigida por el presidente del colegio de comisarios en presencia del delegado técnico de la UCI y de los responsables de la organización.
Premios
16.20.015
Los baremos de premios de la clasificación individual por competición serán fijados por el Comité directivo de la UCI, en las obligaciones financieras, y totalizarán un importe de
5.000 FS.
16.20.016 Los premios serán pagados por el organizador al final de cada competición a los responsables de los equipos respectivos.
16.20.017 Los tres primeros de cada prueba por división única o combinada recibirán del organizador, respectivamente, una medalla de oro (primer puesto), de plata (segundo puesto) y de bronce (tercer puesto).
Clasificación
16.20.018 Al final de cada una de las pruebas de cada competición, se atribuirá a los diez primeros corredores el número de puntos según la regla 16.18.004.
16.20.019 Una clasificación “Copa del Mundo Paraciclismo” por división y por género será publicada la semana siguiente a cada evento.
A la finalización de cada competición, los corredores ex aequo en la clasificación general serán desempatados por el mayor número de primeros puestos, segundos puestos, etc. considerándose únicamente los puestos que atribuyen puntos.
Si continúan ex aequo, los desempatará su mejor clasificación en la prueba más reciente.
16.20.020 La UCI impondrá un maillot de campeón de la copa del mundo al primer corredor de la clasificación individual de cada división. Salvo aplicación del artIculo
1.3.055 bis, punto 6, el campeón de la Copa del Mundo debe llevar su maillot en los
Campeonatos del Mundo del año en curso, y en ninguna otra prueba.
CapItulo XXI SISTEMA DE CLASIFICACIÓN PARA LOS CAMPEONATOS DEL MUNDO (CapItulo remplazado el 1.02.09)
Disposiciones generales
16.21.001
Las federaciones nacionales seleccionan a los corredores que participarán en el campeonato del mundo.
16.21.002 Un licenciado contra el que ha sido abierto una instrucción concerniente a un hecho susceptible de constituir una violación al reglamento antidopaje de la UCI no puede ser seleccionado para los campeonatos del mundo o no puede participar hasta la finalización de la suspensión que le haya sido impuesta o hasta su absolución definitiva. En el caso de una muestra A positiva, esta disposición se aplica desde la notificación al corredor del resultado del análisis anormal.
Salvo decisiôn contraria de la comisiôn antidopaje, el párrafo anterior, se aplica igualmente en caso de una instrucciôn o procedimiento relativo a tal hecho, abierto en virtud de una ley o de otro reglamento.
Los casos particulares son resueltos por la comisiôn antidopaje o su presidente. Su decisiôn es inapelable.
Además de la descalificaciôn, en caso de infracciôn, el licenciado y su federaciôn nacional serán sancionados cada uno con una multa de 2.000 à I0.000 F.S.
La presente condiciôn de participaciôn pretende proteger la integridad, la serenidad y la reputaciôn de los campeonatos del mundo. Su aplicaciôn no prejuzga la decisiôn de fondo y no puede dar lugar a ninguna reclamaciôn en caso de absoluciôn.
I6.2I.003 En el conjunto de las pruebas paraciclistas, la naciôn campeona del mundo tendrá el derecho a una plaza suplementaria para su campeôn del mundo titular, en la prueba por la cual es campeôn del mundo. Si el campeôn del mundo no puede estar presente, esta plaza no es acumulable a la cuota de la naciôn.
I6.2I.004 La naciôn anfitriona de los campeonatos del mundo UCI de paraciclismo tendrá derecho a la cuota máxima en el conjunto de las divisiones, tanto en carretera como en pista, y tanto para los hombres como para las mujeres.
I6.2I.005 El número de plazas será definido en base a la clasificaciôn por naciones de cada una de las divisiones (LCI LC2,…) aparecida el 3I de diciembre del año que precede a los campeonatos del mundo UCI.
(ArtIculo introducido el I.0I.I0)
Pista
I6.2I.006 Como mInimo, cada naciôn tendrá derecho de inscribir a dos atletas por divisiôn y podrá inscribir a un tercero según el puesto en la clasificaciôn por naciones. (ArtIculo introducido el I.0I.I0)
I6.2I.007 La clasificaciôn por naciones comprende los puntos de los campeonatos del mundo UCI del año en curso (si se trata de un año olImpico, los resultados de los Juegos ParalImpicos serán tomados en cuenta), y los puntos en la copa del mundo (dos mejores resultados obtenidos provenientes de dos regiones distintas). El principio descrito a continuaciôn, se aplica a los hombres y a las mujeres:
|
Europa:
Puesto I - 5 en la clasificaciôn de Europa |
|
3 plazas |
|
Puesto 6 y más en la clasificaciôn de Europa |
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2 plazas |
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America: |
|
|
|
Puesto I — 2 en la clasificaciôn de America |
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3 plazas |
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Puesto 3 y más en la clasificaciôn de America |
|
2 plazas |
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Asia: |
|
|
|
Puesto I — 2 en la clasificaciôn de Asia |
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3 plazas |
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Puesto 3 y más en la clasificaciôn de Asia |
|
2 plazas |
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Oceania:
Puesto I en la clasificaciôn de Oceania |
+ |
3 plazas |
|
Puesto 2 y más en la clasificaciôn de Oceania |
+ |
2 plazas |
|
Africa: |
|
|
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Puesto I en la clasificaciôn de Africa Puesto 2 y más en la clasificaciôn de Africa (Articulo introducido el I.0I.I0) Carretera |
+ + |
3 plazas 2 plazas |
I6.2I.008 Como minimo, cada naciôn tendrá derecho de inscribir a dos atletas por divisiôn en la carrera de carretera y un atleta por divisiôn en la contra el reloj. Podrá inscribir a un atleta adicional según el puesto en la clasificaciôn por naciones.
I6.2I.009 La clasificaciôn por naciones comprende los puntos de los campeonatos del mundo UCI del año en curso (si se trata de un año olimpico, los resultados de los Juegos Paralimpicos serán tomados en cuenta), puntos en la copa del mundo (dos mejores resultados obtenidos provenientes de dos regiones distintas) y tres mejores resultados obtenidos en un minimo de tres competiciones regionales PI) El principio descrito a continuaciôn, se aplica a los hombres y a las mujeres:
Europa:
Puesto I — 5 en la clasificaciôn de Europa + 3 plazas para la carretera
2 para la contra el reloj
Puesto 6 y más en la clasificaciôn de Europa + 2 plazas en la carretera I para la contra el reloj
America:
Puesto I — 2 en la clasificaciôn de America + 3 plazas para la carretera
2 para la contra el reloj
Puesto 3 y más en la clasificaciôn de America + 2 plazas en la carretera
I para la contra el reloj
Asia:
Puesto I — 2 en la clasificaciôn de Asia + 3 plazas para la carretera
2 para la contra el reloj
Puesto 3 y más en la clasificaciôn de Asia + 2 plazas en la carretera
I para la contra el reloj
Oceania:
Puesto I en la clasificaciôn de Oceania + 3 plazas para la carretera
2 para la contra el reloj
Puesto 2 y más en la clasificaciôn de Oceania + 2 plazas en la carretera
I para la contra el reloj
Africa:
Puesto I en la clasificaciôn de Africa + 3 plazas para la carretera
2 para la contra el reloj
Puesto 2 y más en la clasificaciôn de Africa + 2 plazas en la carretera
I para la contra el reloj
(Articulo introducido el I.0I.I0)
Capitulo XXII. JUEGOS PARALÍMPICOS
I6.22.00I La participación en las pruebas de los Juegos Paralímpicos será regulada por los
Reglamentos del Comité Paralímpico Internacional (CIP) y de la UCI.
La participación en unos Juegos Paralímpicos implica que el corredor y todas las personas con licencia aceptan y respetan los Reglamentos de CIP y de la UCI.
(Texto modificado el 26.06.07)
Inscripciones y confirmaciôn de los participantes.
I6.22.002 Los Comités Paralímpicos Nacionales inscribirán a sus corredores en función de los límites de participación y del sistema de calificación y de reserva aprobados por el CIP.
En virtud del Reglamento del CIP, cada CPN notificará los nombres de los atletas al Comité
Organizador en el plazo establecido por el CIP.
Participaciôn
I6.22.003 Para participar en unos Juegos Paralímpicos, cada corredor deberá:
Ser titular de una licencia expedida por una Federación Nacional de Ciclismo.
Tener 18 años cumplidos en el año de los Juegos Paralímpicos para las pruebas de
Pista y Ruta.
Tener una clasificación funcional para el paraciclismo denominado PS (Permanent
Status) o RS (Review Status). (Texto modificado el 26.06.07)
Circuitos para las pruebas en carretera de los Juegos Paralimpicos
I6.22.004 La distancia de los circuitos para las pruebas en carretera de los Juegos
Paralímpicos será de, al menos, 7 Km., siendo 10 Km. la distancia recomendable.
Capitulo XXIII. NOTICIAS TÉCNICAS DEL PARACICLISMO
I6.23.00I Todas las noticias técnicas tienen el mismo rango que el Reglamento UC. Estas noticias técnicas serán constantemente actualizadas por el comité directivo de la UCI en función de los progresos técnicos del ciclismo a escala mundial y las modificaciones del Reglamento de la UCI.
(Texto modificado el 26.06.07)
APARTADO AÉREO 54859 MEDELLÍN - COL
TEL: 57+4+216 25 41
CEL:57+310 396 15 17
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