CORDIAL SALUDO, QUIERO PRESENTARLES A CONTINUACION EL MODELO DE EQUIPOS CONTINENTALES UCI, QUE ADAPTE PARA QUE LAS FEDERACIONES NACIONALES.

 

SE QUE ALGUNAS FEDERACIONES DEL CONTINENTE QUIEREN TENER EQUIPOS CON MAYOR ESTRUCTURA Y ME GUSTARIA LE DIERAN  TRAMITE A CREAR DICHOS EQUIPOS, PUES ELLO AYUDARA AL CRECIMIENTO DEL CICLISMO A NIVEL AMERICANO, POR LA PARTIICPACION EN LOS CIRCUITOS CONTINENTALES Y ADEMAS LOS EQUIPOS SE FORTALECERAN EN SU TRABAJO EN TODOS LOS NIVELES.

 

TAMBIEN SE ENCUENTRA EN ESTE DOCUMENTO, LA PARTE DE LEGAL DE LA UCI, EN SU REGLAMENTO DE 2006.

 

 

 

MODELO  PARA CONFECCION DE EQUIPOS CONTINENTALES UCI

 

CON REGLAMENTO DE LA FEDERACION NACIONAL RESPECTIVA.

 

 

 

EQUIPOS CONTINENTALES UCI    FEDERACION

 

Identidad

 

El equipo continental UCI es la formación constituida para participar en pruebas en carretera abiertas a los equipos continentales UCI. Será designado por un nombre particular y registrado en la Federación……………… UCI, según se indica a continuación.

El equipo continental UCI está constituido por el conjunto de corredores registrados en la FEDERACION……. que forman parte de su equipo, del responsable financiero, de los patrocinadores y por cualesquiera otras personas contratadas por el responsable financiero y/o los patrocinadores para asegurar de forma permanente el funcionamiento del equipo (manager, director deportivo, entrenador, auxiliares , mecánico etc.).

Cada equipo continental UCI debe contratar como mínimo, a tiempo completo y por todo el año de registro, 8 (ocho) corredores y un máximo de 16 (diez y seis) corredores (Se pedirá permiso especial a la UCI, si se desea tener mas numero de ciclistas en el equipo), 2 directores deportivos titular y adjunto y otras 3 entre ellas (médicos, auxiliares, mecánicos…) Además podrá contratar ciclistas en otras modalidades deportivas del ciclismo: MTB, BMX etc.

 

Los patrocinadores son personas, firmas u organismos que contribuyen a la financiación del equipo continental profesional. Entre los patrocinadores, dos de ellos como máximo serán designados como patrocinadores principales del equipo continental UCI. Si ninguno de ellos dos es el responsable financiero del equipo, este responsable financiero no podrá ser sino una persona física o jurídica cuyos únicos ingresos comerciales sean por publicidad o de financiación y cuya única actividad sea el funcionamiento del equipo continental profesional.

 

El o los patrocinadores principales, así como el responsable financiero deben comprometerse con el equipo continental UCI por un número entero de años civiles.

 

El o los patrocinadores principales, así como responsable financiero no podrán ser más que de un solo equipo continental UCI.

 

El nombre del equipo continental UCI será obligatoriamente el de la firma o marca del patrocinador principal, el de los dos patrocinadores principales o incluso el de uno de ellos.

 

La homonimia de equipos continentales UCI, de patrocinadores principales y de responsables financieros está prohibida. En caso de candidaturas nuevas y simultáneas que contengan una homonimia, la prioridad se decidirá sobre la base de la antigüedad de dicha denominación.

 

La nacionalidad del equipo continental UCI será la de la mayoría de los corredores de la misma nacionalidad que figuran en la solicitud de inscripción registro y aprobada por la Federación……...

 

Estatuto jurídico y financiero

 

El responsable financiero representa al equipo continental UCI para todo lo concerniente a los reglamentos de la UCI.

 

El responsable financiero debe ser una persona que tenga la capacidad jurídica de contratar personal. Firmará los contratos con los corredores.

 

El responsable financiero sólo puede negociar mediante personas físicas titulares de una licencia

 

El responsable financiero y los patrocinadores principales son responsables solidariamente de todas las obligaciones financieras del equipo continental UCI  frente a la UCI y a las federaciones nacionales, incluidas las multas.

 

El responsable financiero mantendrá cuentas separadas para las actividades del Equipo continental UCI. El instituto DE deportes del país donde tenga sede el equipo, podrá fiscalizar dichas cuentas. A petición suya o de la Federación, las cuentas de los años anteriores o actuales serán enviadas a los auditores de las instituciones que las requieran

 

El responsable financiero y los patrocinadores principales deberán informar sin demora a la Federación de los siguientes elementos: cambio de domicilio o de sede social, disminución del capital, cambio de forma jurídica o identidad (fusión, absorción), solicitud o apertura de cualquier acuerdo o medida que concierna al conjunto de los acreedores. Las informaciones contempladas en el presente artículo deben ser enviadas a las instituciones que las requieran.

 

Registro

 

Cada año los grupos deportivos deben solicitar su inscripción ante la Federación  para el año siguiente, llamado año de inscripción, según las modalidades que se indican a continuación.

 

El primero de septiembre anterior al año de inscripción la formación que solicita el estatuto del equipo continental UCI debe hacer llegar a la sede de la Federación:

 

1. A) El texto, del tipo de los contratos con sus corredores, con indicación de las cláusulas adicionales o divergentes en relación al contrato.

B) El texto,  de la garantía bancaria que piense constituir.

Los documentos en cuestión son remitidos solamente a título de información. La Federación no tiene la obligación de examinarlos. El equipo es el responsable de la conformidad de los documentos ante las exigencias de la Federación y, llegado el caso, de las disposiciones legales obligatorias que tuvieran aplicación.

2. El pago de la tasa de registro en la cuenta de la Federación.

En caso de retraso, será aplicado de oficio un aumento del derecho de inscripción de…. por día.

El 31 de Octubre anterior al año de inscripción la formación que solicita el estatuto de equipo continental UCI debe hacer llegar a la sede social de la Federación:

1. Original de una garantía bancaria a "primera solicitud" según el modelo,  y válida hasta el 31 de marzo del año siguiente al año de registro. El total de esta garantía debe ser al menos igual al de la garantía constituida por el equipo continental profesional para el año en curso sin ser inferior al total mínimo fijado.

Las nuevas formaciones deben depositar la garantía bancaria el 31 de octubre, lo más tarde.

2. Una lista que indique:

1. La denominación exacta del equipo continental profesional.

2. La dirección, incluidos los números de teléfono y telefax, a la que pueden ser enviadas las comunicaciones destinadas al equipo continental UCI.

3. Los nombres y dirección de los patrocinadores principales, del responsable financiero, del manager, del director deportivo, del director deportivo adjunto y del médico del equipo.

4. El nombre y apellidos, dirección, nacionalidad y fecha de nacimiento de los corredores.

5. El reparto de trabajos previstos.

En caso de retraso será aplicado de oficio un aumento del derecho de inscripción de…. por día. Además, el examen de la solicitud de inscripción no comenzará hasta que todas las condiciones indicadas con anterioridad se cumplan y la formación en cuestión no podrá obtener la licencia de equipo continental profesional.

 

El registro se hará previo al pago a la Federación…….

 

La formación que solicite el estatuto de equipo continental UCI debe enviar al Federación, todos los documentos e informaciones requeridas por esta lo más tarde el 15 de noviembre antes del año de inscripción.

En caso de retraso le será aplicado de oficio un aumento del derecho de registro de…. por día.

 

Para cada corredor y por cada cualquier otra persona contratada por el equipo continental profesional después de su inscripción, la Federación debe emitir un informe suplementario. Un informe suplementario sobre el segundo punto será igualmente requerido si el montante de los emolumentos contractuales aumentan sin compromisos suplementarios. En caso necesario, debe constituirse una garantía bancaria suplementaria.

 

Solo los equipos continentales UCI cuyo expediente la UCI encuentre en orden, lo más tarde el 20 de diciembre anterior al año de inscripción, pueden ser inscritos como equipos continentales UCI.

Las demás formaciones no serán inscritas como grupos deportivos. No será realizará ningún reembolso.

La inscripción puede estar sometida a la prueba del respeto de los reglamentos y de cualesquiera otras obligaciones de la formación, incluso del pasado.

 

Cualquier dificultad o reclamación sobre la inscripción de un equipo continental UCI será resuelta, sin posibilidad de recurso, por la Federación respectiva. Esta tendrá en cuenta, entre otros, la conveniencia de la inscripción y el respeto o falta de respeto de los reglamentos del jefe de los solicitantes en el pasado.

 

 

El equipo continental UCI debe informar a la Federación, antes de una semana, cuando una de las personas o entidades contempladas en  la inscripción abandone el equipo continental UCI por cualquier motivo. Incluso cualquier modificación de los datos recogidos en las listas entregadas a la Federación debe ser puesta en el plazo de una semana en conocimiento de la Federación para su aprobación. Si llega el caso esta aprobación no podrá ser dada nada más que después de la recepción del informe complementario de la Federación y de una garantía bancaria suplementaria.

 

Los equipos continentales UCI no inscritos en la Federación no podrán participar como tales en pruebas ciclistas. Solamente los corredores que figuren en la lista aprobada por la Federación podrán participar en pruebas ciclistas como miembros de sus equipos continentales UCI. La Federación ….. No dará comunicaciones de oficio respecto al estado del procedimiento de inscripción. Corresponde a las partes interesadas (corredores, organizadores…) de informarse en la Federación.

 

Cada licenciado y cada equipo continental UCI deben enviar a la Federación a la primera petición, cualquier documento o información que le parezca útil para verificar el respeto a los reglamentos y a los derechos e intereses de los miembros del equipo continental UCI. En caso de rechazo y sin perjuicio de otras consecuencias, el licenciado será sancionado con una multa  y el equipo continental profesional con una multa. Además, el infractor podrá ser suspendido.

 

Por el hecho de su inscripción anual, los equipos continentales UCI y especialmente el responsable financiero y los patrocinadores se comprometen a respetar los estatutos y los reglamentos de la UCI y de las federaciones nacionales y a participar en las manifestaciones ciclistas de una manera deportiva y leal. El registro de un equipo continental UCI no justifica las posibles carencias del documento de registro ni las infracciones del equipo o de sus miembros. Los controles y auditorias efectuadas por la Federación y entidades que lo requieran son forzosamente limitados y no les responsabiliza

 

La inscripción del equipo continental profesional en la Federación origina un derecho de inscripción que debe pagar el equipo continental UCI. La cantidad será fijada anualmente por el Comité Directivo de la Federación Respectiva.

 

Garantía bancaria

 

Cada equipo continental UCI está obligado a formalizar a favor de la Federación, un aval bancario a primera petición (garantía genérica), siguiendo el modelo presentado más adelante. La garantía debe estar establecida  por una institución bancaria reconocida.

 

Este aval será destinado

1. al pago, según las modalidades precisadas a continuación, de las deudas contraídas en el año de inscripción, por los patrocinadores y el responsable financiero frente a cualquiera de los miembros del equipo continental profesional o de la formación candidata a este estatuto en posesión de licencia (corredores, entrenadores, mecánicos, etc.) para el funcionamiento del equipo continental profesional,

2. al pago de los derechos, gastos, indemnizaciones, multas y sanciones o condenas impuestas por o en virtud de los reglamentos de la Federación y UCI.

Para la aplicación de las disposiciones concernientes al aval bancario

1. son consideradas como deudas contraídas por el responsable financiero y los copatrocinadores y son cubiertas por la garantía bancaria, las deudas contraídas en contrapartida a las prestaciones del corredor o de otro miembro contratado en beneficio del equipo continental UCI.

2. son considerados como miembros del equipo continental profesional las sociedades en las que los licenciados concernientes ejercen su actividad para el funcionamiento del equipo continental UCI.

 

El monto de la garantía representará un…… del montante bruto a pagar por el equipo continental UCI a los corredores y a las personas contratadas para el funcionamiento del equipo durante el año de inscripción.

Si el monto de las remuneraciones contractuales aumenta después de la constitución de la garantía, el montante de la garantía debe ser aumentada proporcionalmente. Los grupos deportivos deben informar inmediatamente a la Federación de este aumento precisando el monto y el motivo. Deben igualmente transmitir inmediatamente a  la Federación respectiva los documentos relativos al aumento, especialmente, la garantía bancaria complementaria. La Federación emitirá un informe complementario.

La garantía debe estar establecida y pagable en la moneda del respectivo país.

 

La garantía debe cubrir desde el 1 de enero del año de inscripción hasta el 31 de marzo del año siguiente.

 

1.- La Federación  ejecutará la garantía bancaria en favor del acreedor  salvo en la medida en que la deuda a éste sea manifiestamente infundada. El equipo continental UCI será informado de la demanda del acreedor y de haberse recurrido a la garantía.

Para toda reclamación de la garantía, la Federación cobrará, gastos que incurra la ejecución de papeleo. Esta suma será cobrada sólo una sola vez para cada garantía.

El pago efectivo al acreedor no se realizará antes de que haya transcurrido un mes desde la ejecución de la garantía. Si durante ese tiempo el equipo continental UCI se opusiera de forma motivada al pago de la cantidad reclamada, al acreedor, la UCI ingresará el montante en cuestión en una cuenta especial y dispondrá de él según el acuerdo entre las partes o según una decisión judicial o arbitraje ejecutoria.

2.- Si el acreedor no toma medidas contra el responsable financiero que figura en su contrato o contra aquella parte que él estime procedente subsidiariamente en el plazo de tres meses a contar desde que pidió que se ejecutase el aval, el responsable financiero puede reclamar a la Federación que libere dicho aval en su favor. El aval será liberado si el acreedor no ejerce acciones dentro del mes siguiente de la notificación por parte de la Federación, o si el acreedor no aporta pruebas de las acciones legales dentro de los 15 días siguientes. Si el organismo ante el cual se ejercen las acciones legales se declara incompetente, el acreedor podrá volver a hacer su petición dentro del mes siguiente desde que fue informado de tal decisión.

En caso contrario, el responsable financiero puede solicitar a la Federación que libere el aval a su favor. Así será si el acreedor no consigue continuar con las acciones legales pertinentes dentro de un mes a contar desde la notificación por parte de la Federación, o si se entregan pruebas de tales acciones dentro de los 15 días siguientes.

 

Si la deuda presentada por el beneficiario sobrepasa el montante correspondiente a tres meses de remuneraciones contractuales, la liquidación de la deuda podrá ser pagada de la garantía global en la medida que ésta no esté agotada por haber concluido su validez. En caso de varios acreedores, el saldo disponible de la garantía será repartido proporcionalmente entre ellos.

 

La Federación podrá ejecutar la garantía bancaria en caso de impago de los gastos, indemnizaciones, multas, sanciones o condenas, en tanto que la garantía no se haya agotado por haber concluido su validez si llega el caso.

 

El equipo continental UCI cuya garantía es ejecutada será automáticamente suspendido si la garantía no es reconstituida totalmente en el plazo de un mes.

 

El acreedor debe entregar su solicitud de ejecución de la garantía bancaria ante la Federación antes del primero de marzo de la fecha de caducidad. Debe adjuntar a la solicitud los documentos justificativos.

Caso contrario la solicitud de será admitida. El acreedor no podrá exigir la ejecución de la garantía para el contrato del que no ha sido enviado una copia a la Federación, lo más tarde el primero de enero del año de inscripción o al mes de la firma de los contratos firmados después del primero de diciembre antes del año de registro.

 

Sin embargo el derecho a la garantía se mantiene:

1. Para los contratos enviados a l Federación por la formación

2. Después, en la medida en que la garantía no esté agotada en su caducidad.

 

 

Equipos y corredores

 

El número de corredores de cada equipo continental profesional no podrá ser inferior a ocho (8). El número máximo de corredores por equipo continental UCI que pueden ser registrados por la Federación se limita a 16, sin embargo se pedirá un permiso especial a la UCI, si se quiere tener un número mayor de ciclistas contratados en el equipo. Además podrá contratar ciclistas en otras modalidades deportivas del ciclismo: MTB, BMX etc.

 

En el período entre el 1 de setiembre y el final del año, cada equipo continental UCI podrá acoger en su equipo a tres corredores elite o sub-23 en las condiciones siguientes:

1. Si se trata de un corredor elite, éste no puede haber pertenecido anteriormente a  un equipo continental profesional.

2. Los grupos deportivos deben comunicar la identidad de estos corredores a la Federación antes del 1 de agosto.

3. Estos corredores deben obtener la autorización de su federación nacional y solamente pueden comprometerse con un equipo continental UCI durante este periodo.

Para otras condiciones, las relaciones entre estos corredores y el equipo continental UCI, serán establecidas directamente entre las partes.

 

Si su equipo continental UCI se inscribe en una prueba, el corredor no podrá participar en ésta aparte de su equipo, bajo pena de expulsión de carrera y de multa de…...

 

Un corredor no puede comprometerse directamente con un organizador, sea quien sea, para participar en una prueba, salvo que haya obtenido el acuerdo previo de su responsable financiero o de su delegado. Este acuerdo se considerará como establecido si, después de ser debidamente solicitado, este último no ha respondido en el plazo de diez días. En caso de infracción, el corredor será expulsado de carrera y sancionado con una multa de……..

 

Los derechos y obligaciones del corredor y del responsable financiero serán recogidos en un contrato de trabajo escrito, que debe contener como mínimo las estipulaciones del contrato tipo Los derechos y obligaciones de las partes se regirán, igualmente por los acuerdos paritarios de los reglamentos de la Federación respectiva en cualquier caso las estipulaciones del contrato tipo y de los acuerdos paritarios serán aplicados de pleno derecho. Toda cláusula acordada entre el corredor y el responsable financiero que perjudique los derechos del corredor previstos en el contrato tipo o en el acuerdo paritario es nula

El contrato de trabajador independiente que deberá ser firmado por el año de registro 200 y uno o varios años más será respetado hasta el fin de la duración inicial, con excepción de toda prórroga.

 

El contrato de trabajo entre el corredor y el equipo continental UCI debe regir el conjunto de prestaciones del corredor en beneficio del equipo, del responsable financiero y de los patrocinadores, así como la totalidad de compensaciones correspondientes.

Toda compensación y sus modalidades deben ser estipuladas por escrito. Además del contrato de trabajo, sólo un contrato de imagen puede ser acordado en las condiciones siguientes:

• La persona del corredor debe representar un valor comercial claramente distinto a su valor deportivo como miembro del equipo;

• La compensación acordada por los derechos de imagen debe constituir la contraprestación de aquellos derechos o prestaciones distintas de la actividad de corredor profesional; estos derechos y prestaciones serán estipulados de manera precisa;

• La remuneración de la actividad profesional debe corresponder al valor deportivo del corredor y debe sobrepasar, en todo caso, el doble del salario mínimo;

• La compensación estipulada en el contrato de imagen no puede sobrepasar el 15% de la totalidad de las compensaciones acordadas con el corredor.

 

La pertenencia de un corredor a un equipo continental UCI obliga al establecimiento de un contrato de una duración determinada que finalice el 31 de diciembre, siguiendo las modalidades fijadas en el acuerdo paritario.

 

El equipo continental UCI debe adjuntar en cada contrato sobre el formulario establecido por la Federación respectiva una lista de las prestaciones de seguro, legales o contractuales, de las que el corredor se beneficiará y de las que no.

 

1. Cualquier contrato entre un equipo continental UCI y un corredor o cualquier otra persona contratada para el funcionamiento del equipo, debe ser mecanografiado, y establecido en tres originales como mínimo, uno de los cuales será entregado al corredor o a cualquier persona implicada. Un original será entregado ala Federación.

2. Las partes deben firmar cada una de las páginas del contrato. Las cláusulas del contrato que no estén firmadas por el corredor o la otra persona contratada, no podrán ser alegadas contra él. El corredor o la otra persona contratada podrán prevalecerse de esta circunstancia.

3. Sin prejuicio , las partes deben declarar el cualquier contrato enviado ala federación, cualquier contrato de prestaciones del corredor o de cualquier otra persona contratada, al servicio del equipo continental UCI, cualquiera que sea la naturaleza de las prestaciones y cualquiera que sean las partes de los otros contratos. Por ejemplo, son contemplados:

1. Los contratos de imagen, de publicidad o de patrocinio.

2. Los contratos firmados directamente, o por intermediarios, con un patrocinador principal de un equipo continental UCI, o de una persona, sociedad, u otra entidad ligada con el responsable financiero, o un patrocinador principal.

3. Los contratos firmados con el cónyuge, con un pariente, un agente o un intermediario del corredor u otra persona contemplada anteriormente, con una sociedad en la cual el participa, ocupa una función o tiene algún interés.

La declaración debe hacerse siguiendo el modelo, y conteniendo los elementos fijados en el contrato para los corredores, y  para las otras personas en cuestión.

Todos los contratos deben ser incorporados en el presupuesto y en la base de cálculo de la garantía bancaria.

 

Al finalizar la duración prevista del contrato, el corredor es libre de abandonar el equipo continental profesional y de unirse a otro equipo.

Cualquier sistema de indemnización por traspaso está prohibido.

 

Un equipo continental UCI o un responsable financiero que desee contratar a un corredor que se encuentre vinculado contractualmente con otro responsable financiero, debe hacer saber a la Federación, previamente a cualquier contacto con el corredor en cuestión, a partir de qué fecha desea contratar al corredor. Incluso debe obtener de la Federación la comunicación escrita de la fecha de finalización del contrato del corredor, así como las posibles opciones para la prórroga de este contrato.

 

Si el equipo continental UCI o responsable financiero desea contratar al corredor en cuestión de forma que comience a correr para el equipo continental UCI antes de la finalización prevista del contrato con su responsable financiero, debe informar previamente a la Federación de esta intención. Antes de iniciar cualquier gestión y especialmente antes de contactar con el corredor, el equipo continental UCI o el responsable financiero deben comunicar su intención al actual responsable financiero del corredor. El traspaso del corredor solamente se autorizará si se formaliza un acuerdo global y por escrito entre las tres partes implicadas: el corredor, su actual responsable financiero y el nuevo, y mediando la autorización de la respectiva Federación.

Un equipo continental UCI o su responsable financiero que contacte o contrate, incluso de forma condicional, a un corredor de un  de otro equipo continental profesional o de un equipo continental sin el acuerdo previo del actual responsable financiero será sancionado con una multa de………... Los licenciados individuales implicados en estas gestiones serán sancionados con una multa de……..

Además, el equipo continental UCI en cuestión deberá pagar al actual responsable financiero del corredor una indemnización correspondiente al montante de la remuneración del tiempo no respetado del contrato con este responsable financiero, con un mínimo de seis meses.

 

En ningún caso un corredor puede, antes de la terminación prevista de su contrato con su actual responsable financiero

- incluso si este contrato se rescinde antes de su vencimiento - pasar a otro equipo sin autorización previa de la Federación respectiva.

En caso de fusión de equipos continentales UCI o de un equipo continental profesional con un equipo continental, esta disposición se aplicará a los corredores de la entidad fusionada que hayan cambiado de responsable financiero.

 

A efectos de la aplicación de los reglamentos de la Federación, cualquier cambio a un equipo continental UCI será considerado como la constitución de una nueva relación contractual, por lo que se deberá realizar un nuevo contrato, incluso sí, según la legislación aplicable, el traspaso se realiza por una cesión de contrato, la continuación de contrato con otras partes, la cesión del corredor u otra técnica similar.

 

Está prohibido a los corredores y a los grupos deportivos revelar estar en conversaciones con el objeto de renegociar su contrato o un cambio de equipo antes del 1 de septiembre.

En caso de infracción, el corredor será sancionado con una multa de ….. y el equipo continental UCI con una multa de ……...

 

Disolución del equipo continental UCI

 

Un equipo continental UCI debe anunciar su disolución o el fin de su actividad, o incluso su incapacidad para respetar sus obligaciones, tan pronto como sea posible a los corredores, a sus otros miembros y a la Federación.

A partir de esta comunicación, los corredores son libres de pleno derecho para contratar con un tercero para la temporada siguiente o para el período, a partir del momento anunciado para la disolución, el final de las actividades o la incapacidad.

 

Un corredor que esté comprometido con un equipo continental UCI puede, en las condiciones expresadas mas adelante, comprometer un contrato con otro equipo (equipo continental profesional o equipo continental) para entrar a su servicio, en el caso en el que su contrato con su equipo continental profesional concluya antes de su plazo por motivos reconocidos que afecten a la situación financiera de este equipo continental profesional.

1. El corredor debe informar ala Federación de la situación de su equipo continental UCI, de su situación particular y de su intención de buscar otro equipo continental UCI, antes de firmar un contrato con otro equipo continental UCI. La federación respectiva puede solicitar información a todas las partes.

2. El contrato entre el corredor y el nuevo equipo continental UCI debe contener la siguiente cláusula: "Las partes confirman que el contrato que compromete al corredor a su equipo continental profesional finaliza el…….. Solamente. El responsable financiero reconoce y acepta que este contrato será respetado. El presente contrato es formalizado bajo la condición suspensiva que el contrato entre el corredor y su equipo continental profesional actual finaliza antes de su plazo por un motivo reconocido previamente por el consejo de ciclismo profesional".

3. El contrato con el nuevo equipo continental UCI será depositado en la Federación. Si varios contratos son depositados por el mismo corredor, sólo el primer contrato depositado será reconocido, salvo acuerdo contrario de las partes de este contrato.

4. Antes de dar como finalizado su contrato con su equipo continental UCI, el corredor debe tener reconocido, por la Federación respectiva, el motivo de la ruptura. El reconocimiento del motivo autoriza al corredor para pasar a otro equipo continental UCI desde la rescisión del contrato con su equipo continental UCI.

5. El pase a otro equipo continental UCI se hace por cuenta y riesgo del corredor y este equipo continental UCI. El reconocimiento del motivo por el consejo de ciclismo profesional así como el rechazo del acuerdo del reconocimiento no pueden dar lugar a ninguna reclamación contra la Federación.

6. Si el corredor pasa a otro equipo continental UCI desconociendo cualquiera de las condiciones indicadas, las sanciones previstas por la Federación serán aplicables.

 

Sanciones

 

Si un equipo continental UCI, en su conjunto, no satisface en todo o en parte las condiciones previstas en este capítulo no podrá participar en pruebas ciclistas.

 

Cada vez que un equipo continental UCI inscriba en una carrera o alinee un corredor que no cumpla todas las condiciones previstas en el presente capítulo, tanto en lo referente al equipo continental UCI como en lo referente al propio corredor, el equipo continental UCI será sancionado con una multa de …… por corredor. No será permitida la salida al corredor. En caso de participación, el corredor será descalificado.

En caso de infracción a los reglamentos, el corredor será sancionado con una multa de…… o  con una suspensión de uno a seis meses.


 

Contrato tipo entre un corredor y un equipo continental UCI

 

Entre los firmantes:

De una parte

(Nombre y dirección del empleador)

Responsable financiero del equipo continental UCI (nombre) del que los patrocinadores principales son:

1. Nombre y dirección (si procede, el del mismo responsable financiero)

2. Nombre y dirección, denominado en adelante "el empleador"

Y de otra parte

(Nombre y dirección del corredor), nacido en (lugar y fecha), de nacionalidad______________ y titular de una licencia expedida por

__________________________. Denominado en adelante como "el corredor".

Están conformes con que:

— El responsable financiero se responsabiliza de formar un equipo de ciclistas que, dentro del equipo continental profesional

_______________________ Y bajo la dirección de (nombre del manager o del director deportivo) participa mientras

Duré el presente contrato en las pruebas ciclistas de carretera regidas por los reglamentos de la Unión Ciclista Internacional.

—El corredor desea incorporarse al equipo de (nombre del equipo continental UCI)

— Las dos partes tienen conocimiento y se someten enteramente a los estatutos y a los reglamentos de la UCI y de sus federaciones nacionales.

Visto lo anterior acuerdan que:

 

 

Contratos

 

El responsable financiero contrata al corredor, que acepta, como corredor de carretera. La participación del corredor en pruebas de otras especialidades será establecida entre las partes caso por caso. La contratación se realiza en la condición de que el equipo se inscriba como equipo continental UCI en la Federación…. Si esta inscripción no se lleva a efecto, el corredor puede renunciar al presente contrato sin preaviso ni indemnización.

 

Duración

 

El presente contrato se formaliza por una duración determinada, de..., y finalizando el 31 de diciembre...  Antes del 31 de Octubre anterior a la finalización del contrato, el responsable financiero comunicará "por escrito" al corredor su decisión de renovar o de no renovar el contrato. Antes de esta misma fecha, el corredor comunicará por escrito al responsable financiero,

su decisión de no renovar el contrato. Una copia de este escrito será enviada al consejo de ciclismo profesional.

 

Remuneraciones

 

1. El corredor tiene derecho a un salario bruto anual de...

Este salario no podrá ser inferior a la más elevada de una de las siguientes cantidades:

• Al salario mínimo legal del país de la nacionalidad del equipo continental UCI,

• A  Dinero acordado entre el contratante y el deportista.

2. Si la duración del presente contrato es inferior a un año, el corredor debe ganar, para este periodo, al menos la totalidad del salario anual . Le podrá ser deducido el salario que, si procede, le haya pagado su equipo  precedente por el primer periodo del mismo año, sin que el salario por la duración del presente contrato pueda ser inferior al mínimo previsto en el párrafo precedente.

 

 

Pago de la remuneración.

 

1. El empleador pagará el salario contemplado  en 12 mensualidades iguales, lo más tarde el último día laborable de cada mes.

2. En caso de suspensión en aplicación de los reglamentos de la Federación o de una de sus federaciones afiliadas, el corredor no tendrá derecho a la remuneración establecida en el artículo tres durante y por la parte de la suspensión que sobrepase un mes.

3. La falta de pago a su vencimiento de las cantidades netas de las remuneraciones establecidas en el artículo tres o de cualquier otra cantidad que se le deba, da al corredor derecho a los siguientes beneficios porcentuales de pleno derecho,

4. La remuneración así como cualquier otra cantidad debida al corredor por el responsable financiero, será pagada mediante transferencia a la cuenta bancaria nº... del corredor, junto al (nombre del banco) y (sede donde tiene la cuenta).

Sólo el justificante de dicha transferencia será aceptado como prueba del pago.

 

Primas y premios

 

El corredor tendrá derecho a las primas y premios ganados en las competiciones ciclistas en las que haya participado con el equipo continental UCI, conforme a los reglamentos de la Federación.

Además el corredor tendrá derecho a las primas siguientes:

• Ninguna

• 1)…

• 2)… (Marcar lo que convenga)

 

Obligaciones diversas

 

1. Le está prohibido al corredor trabajar, en la duración del presente contrato, trabajar para otro equipo continental UCI o hacer publicidad para otros patrocinadores que los que pertenezcan al equipo continental profesional__________________, salvo los casos previstos en los reglamentos de la UCI y de sus federaciones afiliadas.

2. El responsable financiero se compromete a permitir al corredor ejercer convenientemente su trabajo suministrándole el material y el equipamiento de uniformes  necesario y permitiéndole participar en un número suficiente de competiciones ciclistas, ya sea en equipo o individualmente.

 

3. El corredor no puede tomar parte a título individual en una prueba salvo acuerdo expreso del responsable financiero. Se considerará que el responsable financiero ha dado su acuerdo si no responde en un plazo de diez días desde el de la petición.

En ningún caso, el corredor podrá tomar parte en el seno de otra estructura o de un equipo mixto en una prueba en carretera si el (nombre del equipo continental profesional) está ya inscrito en dicha prueba.

4. Las partes se comprometen a respetar el programa de protección de la salud de los corredores.

En el caso de la selección nacional, el responsable financiero está obligado a dejar participar al corredor en las pruebas y en los programas de preparación decididos por la federación nacional. El responsable financiero autoriza a la federación nacional a dar al corredor, únicamente en el ámbito deportivo, en su nombre y por su cuenta, toda instrucción que estime necesaria en el marco

y durante la duración de la selección.

En ninguno de los casos contemplados anteriormente se suspenderá el contrato.

 

Traspasos

 

Al término del presente contrato, el corredor es totalmente libre de abandonar el equipo continental profesional y suscribir un contrato con un tercero, sin perjuicio de las disposiciones reglamentarias de la Federación.

 

Final de contrato

 

Sin prejuicio de las disposiciones legales que rigen el presente contrato, este podrá rescindirse antes de su término en los casos

y según las circunstancias siguientes:

1. El corredor podrá poner fin al presente contrato, sin preaviso ni indemnización:

a.- Si el responsable financiero es declarado en quiebra, arruinado o embargado.

b.- Si el nombre del equipo continental UCI o de sus patrocinadores principales es modificado en el transcurso del año civil sin la aprobación entre las partes.

c.- Si el responsable financiero o un patrocinador principal se retira del equipo continental UCI y la continuidad del equipo continental UCI no está asegurada o incluso si el equipo continental UCI anuncia su disolución,

el fin de sus actividades o la incapacidad para cumplir con sus obligaciones; si el anuncio se hace para una fecha determinada, el corredor debe respetar su contrato hasta dicha fecha.

d.- En caso de falta grave del responsable financiero. Se considera especialmente como falta grave el hecho de no autorizar al corredor, pese a sus reiteradas peticiones, a participar en competiciones durante un período continuado superior a 6 semanas o durante cuatro períodos discontinuos de 7 días cada uno, en el curso de los cuales se celebre al menos 1 carrera de un día que figure en el calendario mundial o en un calendario continental.

Si se da este caso, el responsable financiero deberá probar que el corredor no estaba en condiciones de participar en una prueba.

2. El responsable financiero podrá poner fin al presente contrato, sin preaviso ni indemnización, en caso de falta grave del corredor y de suspensión en virtud de los reglamentos de la Federación por la duración restante del presente contrato. Se considera especialmente como falta grave, la negativa a participar en pruebas ciclistas, a pesar de los requerimientos reiterados del responsable financiero. Si se da este caso, el corredor deberá probar que no estaba en condiciones de participar en una prueba.

3. Cada una de las partes podrá poner fin al presente contrato, sin preaviso ni indemnización, en caso de incapacidad permanente del corredor para ejercer el ciclismo como profesional.

 

Contravenciones.

 

Cualquier cláusula convenida entre las partes que sea contraria al contrato tipo entre un corredor y un equipo continental UCI, al acuerdo prioritario  a los estatutos o reglamentos de la UCI y en virtud de la que los derechos del corredor sean restringidos es nula.

 

Arbitraje

 

Cualquier litigio entre partes que afecte al presente contrato será sometido a arbitraje, con exclusión de los tribunales, sea conforme

al acuerdo prioritario contemplado por las materias que el mismo rige o lo sea por los reglamentos de la federación que haya extendido la licencia al corredor, o, en su defecto, la legislación que rige el presente contrato.

 

Declaración

 

• Ningún otro contrato ha sido realizado a propósito de las prestaciones del corredor en beneficio del equipo continental UCI bajo los  párrafos del reglamento de la Federación

Hecho en.... a....

En tres originales

El corredor

Por el equipo continental UCI

El responsable financiero

• Sólo los contratos siguientes han sido realizados a propósito de las prestaciones del corredor y en beneficio del equipo

Continental UCI:

1. Título del contrato:

Partes:

1.....

1 .....

Fecha de la firma:

Contrato en vigor a partir de.... hasta el....

Cantidad de la remuneración y otras ventajas

2. Título del contrato:

Partes:

1 .....

2 .....

Fecha de la firma:

Contrato en vigor a partir de.... hasta el....

Cantidad de la remuneración y otras ventajas

3 ....

El corredor tiene derecho a comprobar con el auditor las cuentas de su contrato que le han sido enviadas por el responsable financiero.

El aval es fijado en las condiciones y límites previstos del reglamento de la Federación …..

Hecho en.... a.... de...... de........

En tres originales

El corredor

Por el Grupo Deportivo

El responsable financiero

 

Declaración contemplada

Las partes declaran que, además del presente contrato

• Ningún otro contrato ha sido realizado a propósito de las prestaciones del corredor en beneficio del equipo continental UCI bajo el reglamento de la Federación ……..

Hecho en.... a.... de...... de........

En tres originales

El corredor

Por el Grupo Deportivo

El responsable financiero

• Sólo los contratos siguientes han sido realizados a propósito de las prestaciones del corredor y en beneficio del equipo continental UCI:

1. Título del contrato:

Partes:

1.....

2.....

Fecha de la firma:

Contrato en vigor a partir de.... hasta el....

Cantidad de la remuneración y otras ventajas

2. Título del contrato:

Partes:

4.....

5.....

Fecha de la firma:

Contrato en vigor a partir de.... hasta el....

Cantidad de la remuneración y otras ventajas 3. ....

El corredor tiene derecho a comprobar con el auditor las cuentas de su contrato que le han sido enviadas por el responsable financiero.

El aval es fijado en las condiciones y límites previstos en los reglamentos de la Federación…..........................

Hecho en.... a.... de...... de........

En tres originales

El corredor

Por el Grupo Deportivo

El responsable financiero

 


 

Modelo de aval bancario

 

La presente garantía bancaria se extiende en cumplimiento del reglamento Federativo para equipos continentales UCI.

 

La FEDERACION……DE CICLISMO y se establece para garantizar, en los límites fijados por dicho reglamento, el pago de las sumas adeudadas por el equipo continental UCI______________________ a los corredores y otros acreedores contemplados

en el mismo reglamento, así como el pago de los gastos, indemnizaciones, multas y sanciones o condenas impuestas por o en virtud de los reglamentos de la Federación.

El montante de la presente garantía se limita a …….

El banco _______________________________________ se compromete a pagar, a su primera solicitud y en los quince días posteriores a la recepción de esta petición, a la Federación cualquier cantidad en    $$$$  hasta la suma de  $$$$$   y hasta el agotamiento de la presente garantía.

Los pagos mencionados serán efectuados a la recepción de una simple solicitud sin alegar ninguna objeción o excepción de quienquiera que sea. La petición no deberá estar justificada.

La presente garantía estará en vigor hasta el 31 de marzo del 200..

Cualquier petición de ejecución de la presente garantía deberá ser solicitada al banco como muy tarde el 31 de marzo del 200…


 

CAPITULO XVII EQUIPOS CONTINENTALES UCI

 

Definición

 

2.17.001 Un equipo continental UCI es un equipo de corredores en carretera reconocido y certificado por la federación nacional de la nacionalidad de la que sea la mayoría de sus corredores para participar en las pruebas de los circuitos continentales y registrados en la UCI. La estructura exacta (estatuto jurídico y financiero, inscripción, garantías, contrato tipo, etc.) de estos equipos es definida por la reglamentación de la federación nacional.

Corredores

 

2.17.002 Los equipos continentales UCI contratan corredores, profesionales o no, de las categorías hombres élite y/o sub-23.

 

 

Reglamentación

 

2.17.003 Corresponde a cada federación nacional establecer una reglamentación de sus equipos continentales UCI con el fin de permitir a sus corredores practicar el ciclismo en unas condiciones dignas y en el respeto de los reglamentos y de las obligaciones legales en vigor en cada país.

 

2.17.004 La reglamentación de la federación nacional debe satisfacer las reglas mínimas siguientes:

 

1. Cada federación nacional puede registrar como máximo 15 equipos continentales UCI por año.

 

2. la federación nacional otorga, bajo su responsabilidad, la certificación de equipo continental UCI a los equipos que decida y en las condiciones definidas por ella, respetando los reglamentos UCI y en especial el presente capitulo.

 

3. Composición del equipo: mínimo 8 y máximo 16 de las categorías hombre élite y sub-23 únicamente. El equipo puede, con la aprobación de su federación nacional, tener un número suplementario de corredores especialistas en otras disciplinas del ciclismo (p.e.: pista, ciclo-cross, mountain bike,..) con la condición de que los corredores en cuestión hayan figurado entre los 150 primeros de la clasificación UCI de la disciplina, en la cual son especialistas durante el año anterior a la fecha de inscripción del equipo por la federación nacional.

 

4. Edad de los corredores: menos de 28 años para la mayoría de sus corredores (este límite de edad puede ser disminuido por las federaciones, P.e.: 26 años para la mayoría de sus corredores).

 

5. La pertenencia de un corredor a un equipo obliga a realizar un contrato por una duración mínima de un año.

 

6. Traspasos: durante el año civil, ninguna modificación en el número de corredores puede realizarse fuera del plazo que va del 1 al 25 de junio. Los corredores que firman un primer contrato para un Equipo registrado ante el UCI o que sufren una interrupción de competición de mínimo 6 meses a raíz de un accidente o una enfermedad, pueden no obstante incorporarse al personal de un Equipo Continental UCI fuera del período de transferencia, o sea a lo largo del año.

 

7. En el período entre el 1 de agosto y el final del año, cada Equipo Continental puede acoger en su equipo a 2 corredores menores de 23 años a las siguientes condiciones: - El corredor no puede ya haber pertenecido a un Equipo Continental UCI, Equipo Continental Profesional UCI o un UCI ProTeam; - Los Equipos Continentales deben comunicar la identidad de los corredores al UCI antes de 1 de agosto; - Estos corredores deben obtener la autorización de su federación nacional y no pueden fijarse sino con un único equipo UCI durante este período (texto modificado a 1.01.06).

 

2.17.005 La UCI tiene el derecho de rechazar o retirar el registro de un equipo que no satisfaga las condiciones mínimas fijadas en el artículo 2.17.004 o en otra disposición reglamentaria.

 

2.17.006 Un equipo cuyo registro haya sido rechazado o retirado, no tendrá el estatuto de equipo continental UCI y no puede utilizar esta aplicación. Inscripción en la federación nacional

 

2.17.007 La federación nacional no podrá inscribir a un equipo continental y solicitar su registro en la UCI mientras no haya recibido todas las garantías que se requieren y después de haber comprobado su conformidad.

 

2.17.008 La federación nacional es la única responsable de controlar el cumplimiento de las exigencias reglamentarias y legales, tanto durante la inscripción como durante todo el año de registro. Procedimiento de registro en la UCI

 

2.17.009 La solicitud de estatuto de equipo continental UCI será introducida en la federación nacional de la nacionalidad de la que sea la mayoría de los corredores del equipo y siguiendo el procedimiento definido por ella.

 

2.17.010 El  31 de Octubre de cada año hay  que registrar como equipos continentales UCI para el siguiente año. El dossier completo de llegar a la UCI, a través de la federación nacional, a más tardar el 20 de diciembre. En caso de no respetar estos plazos, el equipo no será inscrito.

La solicitud de registro debe realizarse, bajo pena de no-admisión, en los formularios UCI preparados a tal efecto.

 

2.17.011 La solicitud incluirá obligatoriamente las informaciones siguientes:

 

1 La denominación exacta del equipo

 

2 La dirección (incluyendo teléfono, fax y mail) a la cual pueden ser enviadas todas las comunicaciones del equipo

 

3 El nombre y la dirección del representante responsable del equipo y del director del equipo

 

4 Los apellidos, nombres, direcciones, nacionalidad y fecha de nacimiento de los corredores

Toda modificación a los datos dados más arriba debe ser inmediatamente informada a la UCI a través únicamente de la federación nacional.

 

5. La repartición de  al articulo 1.1.082.

 

2.17.012 El dossier de solicitud incluirá igualmente una carta del presidente de la federación nacional en la cual confirma a la UCI que su federación efectúa todos los controles necesarios para asegurar la buena reputación de sus miembros y de los dirigentes del equipo del cumplimiento de los Reglamentos del UCI, del cumplimiento de los Reglamentos de la federación nacional, del respeto de las leyes vigentes en el país, así como debido a que los miembros del equipo son todos los cubiertos por un seguro adecuado que cubre - en todo el mundo - el accidente, la enfermedad, la incapacidad, la muerte, la repatriación así como la responsabilidad civil de los corredores.

 

La carta debe redactarse en los siguientes términos:

 

(Original sobre papel a encabezamiento de la federación nacional)

 

Yo abajo firmante, xxxx (apellido y nombre de Presidente), presiden de la federación nacional de xxx (país), declaran pedir el registro del Equipo Continental UCI xxx (nombre del equipo) para el año xxxx. en el marco de esta solicitud de registro, confirmo que mi federación nacional efectuó todos los controles necesarios para confirmar la buena reputación de los miembros y dirigentes del equipo, el cumplimiento de los Reglamentos UCI, de los Reglamentos de la federación nacional y las leyes vigentes en nuestro país.

 

Confirmo que mi federación comprobó las polizas de seguro suscritas por el equipo y que todos los miembros del equipo xxx (nombre del equipo) están cubiertos, de acuerdo con las condiciones del Reglamento UCI y de las leyes vigentes en nuestro país, por un seguro adecuado que cubre - en todo el mundo - el accidente, la enfermedad, la incapacidad, la muerte, la repatriación así como la responsabilidad civil de los corredores

 

así como del respeto de los reglamento UCI, de los reglamentos de la federación nacional y de las leyes en vigor del país. La carta debe ser redactada en los términos siguientes:

 

2.17.013 El registro como equipo continental UCI da lugar a un derecho de registro por cada equipo. El montante será fijado anualmente por el comité director. El derecho de registro debe ser reglamentado en la UCI

 

 

 

 

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